La Secretaría General de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) aceptó una solicitud de demanda presentada por el Ministerio de Comercio de Colombia contra Ecuador, por la aplicación de una tasa del 30 % a las mercancías originarias o provenientes de ese país. El secretario general de la CAN, Gonzalo Gutiérrez, firmó el documento que admite a trámite la petición e inicia el procedimiento de investigación.
La medida se establece en la Decisión 425 del organismo regional. La medida ecuatoriana, denominada "tasa por servicio aduanero por concepto de control aduanero", se calcula sobre el valor en aduana de las importaciones y entró en vigencia el 1 de febrero de 2026, según la Resolución SENAE-SENAE-2026-0006-RE emitida por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) el 24 de enero.
CAN aceptó la denuncia de Colombia
Aplica a regímenes de importación, excepción y otros regímenes aduaneros, con exclusiones como las importaciones petroleras y de generación energética. Colombia argumenta que esta tasa equivale a un gravamen que viola las normas de libre comercio intrarregional de la CAN. La solicitud, presentada días antes de la admisión, fue filtrada por medios como Caracol Radio, que reveló detalles del oficio SG/E/DS/266/2026.
El documento indica que la petición cumple con los requisitos del artículo 47 de la Decisión 425, por lo que se dispone su admisión y el inicio de la investigación conforme al artículo 49. El origen de la controversia data del 21 de enero de 2026, cuando el presidente de Ecuador, Daniel Noboa, anunció la imposición de una "tasa de seguridad" del 30 % a las importaciones colombianas.
Noboa justificó la decisión por la "falta de reciprocidad y acciones firmes" de Colombia en la lucha contra el narcotráfico y la minería ilegal en la frontera, además de un déficit comercial superior a los 1.000 millones de dólares anuales. La medida busca reforzar la seguridad nacional y el control aduanero, según el Gobierno ecuatoriano. En respuesta, Colombia aplicó aranceles del 30 % a ciertos productos ecuatorianos y la suspensión de venta de energía.
Principios de la zona de libre comercio andina
Medios colombianos reportan que Bogotá presentó al menos dos demandas ante la CAN, una de las cuales ya fue admitida. La investigación de la Secretaría General de la CAN evaluará si la tasa ecuatoriana infringe los principios de la zona de libre comercio andina. De confirmarse como gravamen prohibido, podría ordenarse su levantamiento.
Este conflicto comercial bilateral afecta el intercambio entre ambos países, socios en la CAN junto a Perú y Bolivia, y ocurre en medio de tensiones por temas de seguridad fronteriza y narcotráfico. El procedimiento permite a la CAN solicitar información adicional a las partes para emitir una resolución.
