La Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores (LOPAM), vigente desde 2019, establece en su artículo 14 la exoneración del pago de impuestos municipales, como el predial, para personas mayores de 65 años con ingresos mensuales de máximo 5 remuneraciones básicas unificadas o patrimonio no superior a 500 RBU. El delegado provincial de la Defensoría del Pueblo en Manabí, Marcelo Montesdeoca, informó que, tras monitoreo realizado en los últimos meses, entre 70% y 75% de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) cantonales de la provincia han actualizado sus ordenanzas locales para facilitar la aplicación directa de este derecho, sin trámites administrativos complejos.
Seguimiento al cumplimiento de la actualización de la ordenanza
Montesdeoca explicó que la exoneración debería aplicarse de forma automática mediante la sola presentación de la cédula de identidad, evitando procedimientos tediosos. Los GAD de Manabí que no han actualizado su normativa aún pueden entregar el beneficio, pero no de manera directa, lo que genera demoras.
Desde hace varios meses, la Defensoría realiza un seguimiento progresivo al cumplimiento de las obligaciones de los GAD cantonales en relación con la exoneración de impuestos para personas adultas mayores. Este monitoreo ha permitido identificar el porcentaje de avance en la provincia de Manabí.
El funcionario recordó que la LOPAM obliga a las entidades municipales a reconocer este derecho sin obstáculos innecesarios. En caso de incumplimiento o dificultades, los ciudadanos pueden acudir a las oficinas de la Defensoría del Pueblo en Portoviejo, Manta o Chone para recibir asistencia y orientación.
Cumplimiento en municipios y ejemplo de Bolívar
Uno de los municipios de Manabí que no ha actualizado la ordenanza es Bolívar, aunque entrega el beneficio de forma indirecta. Montesdeoca precisó que este GAD debe formalizar el trámite normativo para garantizar la aplicación directa y automática.
La ley no fija plazos específicos para la actualización de las ordenanzas, quedando esta decisión a discreción de cada GAD. Sin embargo, la Defensoría mantiene su función de control y seguimiento para asegurar el pleno ejercicio de los derechos de los grupos de atención prioritaria.
Alcance más amplio de la normativa
Las acciones de monitoreo y promoción no se limitan solo a la exoneración de impuestos para personas adultas mayores. También abarcan derechos de personas con discapacidad y otros grupos vulnerables, especialmente en temas de accesibilidad a instituciones públicas y privadas.
La LOPAM establece que las entidades deben implementar mecanismos que faciliten la verificación y aplicación de los beneficios, promoviendo su reconocimiento automático cuando corresponda.
Informes nacionales previos, como los del Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional, han señalado que solo un porcentaje limitado de municipios a nivel país cuentan con ordenanzas actualizadas y procedimientos claros, lo que resalta la importancia del seguimiento local en provincias como Manabí.

