La declaratoria de inconstitucionalidad de la Ley de Integridad Pública afecta directamente la evaluación a servidores públicos de Ecuador. Además, impacta el beneficio de perdón tributario en multas, intereses y recargos.
Este cambio elimina la base legal para realizar la nueva evaluación prevista a partir de octubre. También suspende las evaluaciones semestrales programadas para enero y julio del próximo año. Estos procesos podían resultar en despidos por bajo rendimiento.
Por otro lado, la ministra del Trabajo, Ivonne Núñez, aclaró en el noticiero Televistazo que se mantendrán las evaluaciones anuales contempladas en la Ley Orgánica del Servicio Público, vigente desde 2010.
Según el reglamento de esta ley, quienes obtengan menos del 69% en su calificación enfrentarán destitución. Esto ocurrirá luego de un sumario administrativo inmediato.
Situación de los despidos y permanencia de los servidores
Los funcionarios desvinculados bajo la Ley de Integridad Pública mantienen sus despidos, ya que la Corte Constitucional no dispuso que la sentencia tenga efecto retroactivo.
Por ello, esos despidos quedan firmes y sin posibilidad de reversión. Además, queda prohibida la supresión de puestos por motivos técnicos, funcionales, económicos o de optimización, porque ese reglamento que lo autorizaba también perdió validez.
Impacto en beneficios tributarios y próximos pasos
La Ley de Integridad Pública también contemplaba la remisión del 100% de intereses, multas y recargos en obligaciones tributarias.
Este beneficio debía aplicarse hasta el 31 de diciembre, pero ya quedó sin efecto. Sin embargo, los pagos realizados entre el 26 de julio y el 29 de septiembre conservarán este beneficio.
La declaratoria aún no aparece en el Registro Oficial. Por lo tanto, su vigencia formal está en proceso.
¿Cómo iba a ser la evaluación piloto a servidores públicos de Ecuador bajo la Ley de Integridad Pública?
El Ministerio de Trabajo definió cuatro pasos para la evaluación piloto a servidores públicos de Ecuador:
- Establecimiento de factores de evaluación de desempeño, por parte de las Unidades de Talento Humano en cada entidad.
- Ejecución del proceso de evaluación, por parte de la Unidad de Talento Humano, conforme el cronograma que establezca el Ministerio del Trabajo.
- Notificación de resultados al servidor público.
- Informe de resultados, de parte de la Unidad de Talento Humano de la institución al Ministerio del Trabajo.
Es así que los resultados serían consolidados en diciembre de 2025 y compartidos con las 79 instituciones públicas que formaban parte de este proceso nacional.