El Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó la noche del 6 de octubre de 2025 un nuevo reglamento sobre cambio de domicilio electoral en Ecuador, que regirá para procesos electorales futuros, como las elecciones seccionales de 2027. La medida busca actualizar procedimientos y requisitos, aunque no aplicará en el referendo y consulta popular del 16 de noviembre de 2025.
Principales modificaciones en requisitos
El nuevo reglamento establece cambios significativos para quienes deseen solicitar el cambio de domicilio electoral. Antes, los electores debían presentar planillas de luz, agua o teléfono fijo y certificaciones de empresas privadas. Ahora, estas obligaciones se eliminan, dejando únicamente la presentación del número de documento de residencia temporal o permanente vigente.
En el caso de Galápagos, previamente se exigía el carné que acreditaba como residente legal del archipiélago. Con la nueva normativa, basta con proporcionar el número del documento de residencia autorizado por la autoridad competente.
La medida simplifica los requisitos y facilita el proceso de inscripción, evitando trámites que antes generaban retrasos y errores en el registro electoral.
Procedimientos y modalidades de cambio
El reglamento mantiene las modalidades presencial, virtual y correo postal para solicitar cambios de domicilio electoral. La modalidad presencial se realiza en las Delegaciones Provinciales Electorales o en oficinas consulares del exterior.
Quedan fuera del texto las brigadas móviles, utilizadas en procesos anteriores, aunque se conserva la competencia del CNE para verificaciones cuando los cambios de domicilio superen el 10% de la población de una parroquia rural o cantón. Además, organizaciones sociales y políticas podrán solicitar contrastaciones de datos ante posibles cambios masivos.
Estas disposiciones buscan garantizar la transparencia del proceso y prevenir irregularidades en el Registro Electoral, resguardando la integridad del voto.
Debate y observaciones del CNE
La consejera Elena Nájera calificó el proyecto como “impresentable” por contener errores de fondo y de forma, al tiempo que cuestionó la derogatoria condicionada del reglamento anterior de abril de 2022. Señaló que la vigencia dependería de un hecho futuro e incierto: el funcionamiento del Sistema Integrado de Cambios de Domicilio Electoral.
El vicepresidente Enrique Pita y el consejero José Cabrera respaldaron algunas observaciones, aunque Cabrera votó a favor del proyecto solicitando que se ajusten las observaciones.
Nájera añadió que la urgencia en aprobar el reglamento podría obedecer a una disposición de la Contraloría General del Estado, sin que exista una justificación técnica clara.
Perspectivas y próximos pasos
Aunque el reglamento no se aplicará en el referendo y consulta popular de noviembre de 2025, se espera que sea la base para procesos electorales posteriores, incluyendo elecciones seccionales y locales. No se descarta la introducción de nuevas modificaciones para ajustar y optimizar el documento en el futuro cercano.
Con esta actualización, el CNE busca simplificar procedimientos, fortalecer la transparencia y ofrecer herramientas modernas para gestionar el cambio de domicilio electoral de manera segura y accesible para todos los ciudadanos.