El Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó la noche del 6 de octubre de 2025 un nuevo reglamento sobre cambio de domicilio electoral en Ecuador, que regirá para procesos electorales futuros , como las elecciones seccionales de 2027. La medida busca actualizar procedimientos y requisitos, aunque no aplicará en el referendo y consulta popular del 16 de noviembre de 2025.

Principales modificaciones en requisitos

El nuevo reglamento establece cambios significativos para quienes deseen solicitar el cambio de domicilio electoral . Antes, los electores debían presentar planillas de luz, agua o teléfono fijo y certificaciones de empresas privadas. Ahora, estas obligaciones se eliminan, dejando únicamente la presentación del número de documento de residencia temporal o permanente vigente .

En el caso de Galápagos , previamente se exigía el carné que acreditaba como residente legal del archipiélago. Con la nueva normativa, basta con proporcionar el número del documento de residencia autorizado por la autoridad competente .

La medida simplifica los requisitos y facilita el proceso de inscripción, evitando trámites que antes generaban retrasos y errores en el registro electoral.

Procedimientos y modalidades de cambio

El reglamento mantiene las modalidades presencial, virtual y correo postal para solicitar cambios de domicilio electoral. La modalidad presencial se realiza en las Delegaciones Provinciales Electorales o en oficinas consulares del exterior.

Quedan fuera del texto las brigadas móviles , utilizadas en procesos anteriores, aunque se conserva la competencia del CNE para verificaciones cuando los cambios de domicilio superen el 10% de la población de una parroquia rural o cantón . Además, organizaciones sociales y políticas podrán solicitar contrastaciones de datos ante posibles cambios masivos.

Estas disposiciones buscan garantizar la transparencia del proceso y prevenir irregularidades en el Registro Electoral , resguardando la integridad del voto.

Debate y observaciones del CNE

La consejera Elena Nájera calificó el proyecto como “impresentable” por contener errores de fondo y de forma, al tiempo que cuestionó la derogatoria condicionada del reglamento anterior de abril de 2022. Señaló que la vigencia dependería de un hecho futuro e incierto: el funcionamiento del Sistema Integrado de Cambios de Domicilio Electoral .

El vicepresidente Enrique Pita y el consejero José Cabrera respaldaron algunas observaciones, aunque Cabrera votó a favor del proyecto solicitando que se ajusten las observaciones.

Nájera añadió que la urgencia en aprobar el reglamento podría obedecer a una disposición de la Contraloría General del Estado , sin que exista una justificación técnica clara.

Perspectivas y próximos pasos

Aunque el reglamento no se aplicará en el referendo y consulta popular de noviembre de 2025 , se espera que sea la base para procesos electorales posteriores, incluyendo elecciones seccionales y locales. No se descarta la introducción de nuevas modificaciones para ajustar y optimizar el documento en el futuro cercano.

Con esta actualización, el CNE busca simplificar procedimientos , fortalecer la transparencia y ofrecer herramientas modernas para gestionar el cambio de domicilio electoral de manera segura y accesible para todos los ciudadanos.