Experto laboral considera que los dirigentes sindicales no deben mantenerse por largos años en sus cargos

Un experto laboral debate sobre la permanencia indefinida de dirigentes sindicales en el contexto de un proyecto de ley reformatorio al Código de Trabajo.
Experto laboral considera que los dirigentes sindicales no deben mantenerse por largos años en sus cargos
El debate sobre la nueva ley se centra en tres reformas principales.
Experto laboral considera que los dirigentes sindicales no deben mantenerse por largos años en sus cargos
El debate sobre la nueva ley se centra en tres reformas principales.

Ma. Fernanda Avilés

Redacción ED.

Ma. Fernanda Avilés

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Nació en Santo Domingo en 1988. Licenciada en Comunicación Social por la Universidad Católica del... Ver más

El doctor y experto laboral Teodoro González Argudo aseguró este viernes que la permanencia de dirigentes sindicales por largos periodos “no hace bien para ninguna organización”.

Sus declaraciones ocurrieron durante la primera fase de socialización del Proyecto de Ley de Reformatoria al Código de Trabajo para la Gestión Ética y Transparencia en Asociaciones y Sindicatos de Trabajadores, debatido en la Comisión de Trabajadores de la Asamblea Nacional.

Cuestionan permanencia de dirigentes sindicales

El debate sobre la nueva ley se centra en tres reformas principales. La primera propone limitar el periodo de los dirigentes sindicales a cuatro años, con la posibilidad de reelección. Teodoro González Argudo, también docente de la Universidad del Azuay, explicó que la limitación de los periodos de dirigencia ya existe y que la “profesión de dirigente sindical de por vida” no es saludable.

Argudo citó el Convenio 87 de 1948 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y el artículo 440 del Código de Trabajo para apoyar su argumento, destacando que las garantías de las organizaciones laborales están reguladas hace décadas. La Constitución, desde 2008, también establece la alternabilidad en las organizaciones.

Autonomía sindical en debate

El experto laboral también se refirió al control de las organizaciones, un tema abordado en el proyecto de ley. La propuesta busca que los directivos rindan cuentas ante el Ministerio de Trabajo. Sin embargo, Argudo considera que esto representa una injerencia en las actividades sindicales, que atenta contra la libertad y autonomía de estas agrupaciones.

Esta medida, aseguró, viola el artículo 3 del Convenio 87 de 1948 de la OIT y lo establecido en el Acuerdo Ministerial 2025-082. Según el especialista, la regulación del procedimiento para la fiscalización de la rendición de cuentas ya se encuentra regulada en el mismo Acuerdo Ministerial 2025-082. Esta duplicidad de normativas genera dudas sobre la necesidad de la nueva ley.

Reacciones de los asambleístas

Tras la intervención de Argudo, los legisladores expresaron sus inquietudes. El asambleísta Brayan Machado preguntó si el proyecto de ley cumple con los principios de necesidad, oportunidad y seguridad jurídica.

Por su parte, Humberto Alvarado consultó cómo el Ministerio de Trabajo puede asegurar que se cumpla la alternabilidad y el tiempo de las reelecciones según la normativa vigente. La Comisión del Derecho al Trabajo continuará recopilando información para preparar el informe para el primer debate.

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