El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, decretó este miércoles, 6 de agosto de 2025, un estado de excepción por 60 días en Guayas, Manabí, El Oro y Los Ríos, ante una “grave conmoción interna” por el auge de violencia criminal. Sin embargo, el Gobierno no incluyó toque de queda dentro de las restricciones activadas, enfocando las medidas en operaciones policiales y militares.
Estado de excepción sin restricciones a la movilidad
El decreto presidencial, emitido la noche del miércoles, establece la aplicación de medidas excepcionales sin contemplar el toque de queda, pese al nivel de riesgo en las provincias intervenidas.
El estado de excepción permite suspender derechos constitucionales como la inviolabilidad de domicilio y la correspondencia, pero no restringe el libre tránsito de personas ni impone limitaciones horarias.
El Gobierno aclaró que esta decisión busca “no afectar el funcionamiento económico de las provincias”.
¿Qué derechos sí se suspenden durante el estado de excepción?
Aunque no se aplica toque de queda, el Ejecutivo habilitó la intervención de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional para realizar allanamientos, inspecciones y requisas sin orden judicial en los territorios declarados en emergencia.
También se suspende la inviolabilidad de correspondencia física y digital, permitiendo que las fuerzas del orden accedan a comunicaciones con el apoyo de operadoras telefónicas y proveedores de servicios.
Estas herramientas legales buscan identificar y capturar a integrantes de grupos armados organizados, catalogados como terroristas por el Gobierno desde 2024.
Violencia en aumento: cifras alarmantes
Según datos oficiales, Ecuador registró 4.051 homicidios entre enero y mayo de 2025, un promedio de más de un asesinato por hora. Esta cifra representa un incremento del 39 % respecto al mismo periodo de 2023.
Las provincias intervenidas se encuentran entre las más afectadas por delitos relacionados con el narcotráfico, sicariato y extorsiones. La presencia de bandas armadas ha generado un clima de inseguridad sostenida, que ha motivado al Ejecutivo a aplicar medidas extraordinarias.
El país vive bajo un conflicto armado interno, declarado por el presidente Noboa en 2024, en respuesta a la escalada de violencia perpetrada por más de veinte organizaciones criminales.
Fundamentos legales de nuevo estado de excepción
El estado de excepción se ampara en el artículo 164 de la Constitución ecuatoriana, que autoriza su implementación en caso de grave conmoción interna, conflicto armado o catástrofe. En este caso, el Ejecutivo fundamenta la medida en la falta de capacidad operativa del régimen ordinario, cuya aplicación está parcialmente suspendida por la Corte Constitucional.
En el decreto se aclara que, si bien no se limita la circulación, sí se vigilarán zonas de alta criminalidad, con la posibilidad de evaluar medidas más estrictas como el toque de queda, si las condiciones empeoran.