El Servicio de Rentas Internas (SRI) aclaró que la normativa sobre la devolución del IVA para adultos mayores y personas con discapacidad no ha cambiado. La precisión se da en medio de reclamos y comentarios de ciudadanos que aseguran estar recibiendo valores menores a los habituales por este beneficio tributario.

A través de sus canales oficiales, este martes 9 de junio, el SRI señaló que la devolución del IVA es un derecho de los grupos de atención prioritaria y que el Gobierno Nacional trabaja para garantizarlo mediante un proceso "simple, accesible y cercano".

Los montos no se han reducido

El SRI enfatizó que la normativa no ha cambiado y que los montos de devolución no se han reducido. Para 2026, el monto máximo mensual de devolución del IVA para adultos mayores es de USD 144,60. En el caso de las personas con discapacidad, el monto se aplica de forma proporcional según el porcentaje de discapacidad registrado. El beneficio corresponde a quienes tienen una discapacidad igual o superior al 30 %, conforme a las reglas vigentes.

La devolución del IVA no aplica sobre todas las compras. El SRI recordó que este beneficio corresponde a productos de primera necesidad y de uso o consumo personal. Por eso, una persona puede recibir menos de lo esperado si sus facturas incluyen productos o servicios que no entran dentro de las categorías permitidas, aunque hayan sido comprados por un beneficiario.

Compras que aplican

Según la información difundida por el SRI, la devolución puede solicitarse por compras vinculadas con alimentación, salud, construcción, enseñanza y vestimenta, siempre que correspondan a productos o servicios permitidos. Entre los ejemplos válidos constan consumos en restaurantes, vitaminas, materiales de construcción o arreglo de vivienda, útiles escolares y ropa.

El SRI también detalló ejemplos de gastos que no se consideran válidos para la devolución. Entre ellos están licores, productos cosméticos, artículos para el hogar, servicios de publicidad e impresión, y accesorios. La entidad explicó que la revisión busca que la devolución llegue de manera justa a quienes realmente les corresponde y por compras que cumplen los requisitos establecidos.

Facturas válidas

Para acceder al beneficio, el SRI considera válidas las facturas emitidas con la cédula del beneficiario y que correspondan a las categorías permitidas. Esto significa que las compras deben estar respaldadas con comprobantes electrónicos emitidos a nombre de la persona adulta mayor o de la persona con discapacidad que solicita la devolución.

El beneficio está dirigido a personas adultas mayores ecuatorianas o extranjeras residentes en Ecuador que hayan cumplido 65 años al momento de pagar el IVA en la compra. También pueden acceder las personas calificadas por la autoridad sanitaria con discapacidad igual o superior al 30 %, siempre que residan en Ecuador y cumplan las condiciones del trámite.

Tiempo de resolución

El SRI informó que el tiempo para resolver un trámite por devolución del IVA es de hasta 60 días para adultos mayores y hasta 90 días para personas con discapacidad. Una vez emitida la resolución de devolución, los valores reconocidos se acreditan conforme a la disponibilidad presupuestaria.

La aclaración del SRI apunta a diferenciar entre una reducción del beneficio y una revisión de compras válidas. Según la entidad, el derecho se mantiene, pero la devolución depende de que las facturas cumplan los requisitos. La recomendación para los beneficiarios es revisar que sus comprobantes estén emitidos con su cédula, correspondan a productos permitidos y se mantengan dentro del monto máximo mensual vigente para 2026.