El sistema educativo de Ecuador estrena una reforma estructural en su régimen de convivencia escolar.

La ministra de Educación, Gilda Alcívar, ratificó los cambios al Acuerdo Ministerial que rige las medidas socioeducativas en todos los planteles del país.

La normativa redefine qué conductas merecen sanción y cuáles pasan a la gestión interna de cada institución. El documento oficial lleva el código Mineduc-Mineduc-2025-00015-A.

La nueva normativa elimina sanciones por conductas antes consideradas infracciones, como el uso de celulares o las muestras de afecto consensuadas entre estudiantes.

Cada plantel, a través de sus Códigos de Convivencia internos, asumirá la gestión de estas situaciones. Así, la reforma descentraliza decisiones que antes dependían del reglamento nacional.

Estudio con docentes, estudiantes y padres de familia respalda los cambios

La decisión del sistema educativo de Ecuador no responde a criterios arbitrarios; surge de evidencia técnica concreta.

La Subsecretaría de Fundamentos Educativos lideró el estudio "Uso de celulares en instituciones educativas", que incluyó una revisión documental sistemática. Además, una encuesta masiva recogió la opinión de 20.175 docentes, 13.039 estudiantes y 36.523 padres de familia, más grupos focales con médicos y especialistas.

El informe determinó que el uso prolongado de celulares genera riesgos de ciberacoso, aislamiento social, falta de empatía y disminución del rendimiento académico.

Con base en esos hallazgos, la normativa establece restricciones diferenciadas según el nivel educativo. De ese modo, cada etapa del desarrollo del estudiante recibe un tratamiento específico.

Restricciones por niveles: prohibición total vs. uso pedagógico del celular

El acuerdo ministerial establece una diferenciación clara según la edad. En Nivel Inicial y Educación Básica, la normativa prohíbe por completo el uso de teléfonos celulares y dispositivos similares.

La evidencia del estudio señala que su uso en esos subniveles genera afectaciones en el desarrollo emocional y físico de los niños. Los celulares no constituyen útiles escolares ni recursos obligatorios.

En Bachillerato, la normativa permite el uso de celulares únicamente para actividades pedagógicas planificadas por el docente o en casos excepcionales relacionados con salud, discapacidades o emergencias. El sistema educativo de Ecuador reconoce así que el uso responsable de la tecnología, con supervisión docente, aporta valor en los niveles superiores.

El sistema educativo de Ecuador despenaliza las muestras de afecto consensuadas

Otro cambio central de la reforma implica la despenalización del contacto físico derivado de manifestaciones de afecto entre estudiantes, siempre que estas resulten consensuadas.

El nuevo reglamento retira estas expresiones del catálogo de faltas disciplinarias, bajo la premisa de que la afectividad forma parte del desarrollo integral de los adolescentes. La medida representa un cambio de enfoque en la gestión de la convivencia escolar.

Sin embargo, esto no implica una libertad absoluta. Cada institución educativa deberá establecer los límites y pautas de comportamiento dentro de sus propios Códigos de Convivencia, garantizando que las manifestaciones de afecto ocurran en un marco de respeto mutuo y no interfieran con el entorno de aprendizaje ni con los derechos de terceros.

Deberes de los docentes y protección de la imagen de los estudiantes

La regulación también impone límites estrictos a los docentes. Los profesores pueden usar sus dispositivos para fines de gestión pedagógica y coordinación, pero el acuerdo prohíbe el uso personal durante las horas de clase cuando no exista planificación educativa previa.

El incumplimiento implica responsabilidades disciplinarias para el personal de la institución.

Un punto crítico es la protección de la privacidad.

El personal de la institución tiene prohibido grabar o fotografiar a los estudiantes sin el consentimiento firmado de su representante legal. También está prohibido publicar material audiovisual de menores en redes sociales o plataformas personales del docente, así como realizar transmisiones en vivo donde aparezca la imagen de los estudiantes sin autorización previa.

Rectores recuperan potestad para sancionar faltas graves de forma inmediata

En contraste con la despenalización de conductas cotidianas, la reforma fortalece la autoridad de los rectores.

Las autoridades pueden actuar y sancionar de manera inmediata frente a conflictos que antes requerían mediaciones externas. Esto agiliza la respuesta institucional ante situaciones de riesgo dentro de los planteles del sistema educativo de Ecuador.

Las faltas graves sujetas a sanción directa incluyen la deshonestidad académica -copiar tareas o usar dispositivos en exámenes de forma encubierta-, el uso indebido del uniforme en peleas o sitios de consumo de alcohol, el consumo de drogas dentro del plantel y el vandalismo o destrucción de bienes institucionales.

De esa manera, la reforma busca equilibrar la flexibilidad en conductas cotidianas con la firmeza ante faltas de mayor gravedad.