El Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó una modificación en el cronograma de los próximos comicios seccionales, adelantando la jornada de sufragio para el 29 de noviembre de 2026. La justificación de esta medida, explicada por la presidenta Diana Atamaint, responde directamente a los reportes de prevención elaborados por la Secretaría de Gestión de Riesgos. El propósito del organismo es asegurar elecciones seguras y eficientes, evitando la improvisación frente a los inminentes efectos del clima. Actuar con antelación permite a las autoridades logísticas precautelar la integridad del material y de los recintos a nivel nacional.
Este cambio en las fechas operativas implica una reducción en el tiempo disponible para la promoción de los candidatos. Sin embargo, Diana Atamaint precisó que implementar estas variaciones en este momento brinda certeza jurídica a todas las organizaciones políticas. La funcionaria argumentó que recortar los plazos cuando la campaña electoral ya estuviera en marcha habría sido un acto irresponsable y contrario a la normativa. Por ello, el ente rector cumple con los tiempos legales, marcando como punto de partida la convocatoria y la entrega del registro de votantes noventa días antes.
Diferencias entre votaciones y elecciones
Durante una entrevista en el canal Teleamazonas, la titular del organismo aclaró la distinción que establece el marco normativo sobre el proceso. Diana Atamaint puntualizó que la modificación de noviembre corresponde exclusivamente al día de las votaciones ciudadanas, es decir, el momento en que la población acude a las urnas. El Código de la Democracia determina que este acto es distinto a la elección en sí misma. La designación de una autoridad se concreta en una etapa posterior, cuando las instituciones competentes declaran los ganadores de forma oficial. "Nosotros tomamos la decisión de cambiar la fecha de las votaciones, no de las elecciones", aclaró la funcionaria.
Para que un postulante sea considerado como autoridad electa, el sistema debe agotar un procedimiento exhaustivo de revisión y validación de actas. La presidenta Diana Atamaint detalló que se deben resolver absolutamente todos los recursos administrativos y jurisdiccionales que los sujetos políticos interpongan. Solo tras la evacuación de estas instancias legales se puede proceder con la proclamación de resultados y la posterior entrega de credenciales. Este mecanismo asegura que el escrutinio definitivo se realice respetando el debido proceso y los derechos de participación de todas las tiendas políticas.
Cronograma de escrutinio y toma de posesión
El periodo destinado para el conteo de los votos y la resolución de conflictos partidistas abarcará desde el 2 de enero hasta el 13 de febrero de 2027. En este lapso, según afirmó Diana Atamaint, las dependencias electorales deberán atender toda la carga procesal, incluyendo las acciones interpuestas contra la adjudicación de los escaños. La funcionaria estableció el 13 de febrero como el plazo máximo e improrrogable para determinar qué autoridades han sido elegidas. Evacuar estos trámites es un paso fundamental para oficializar las cifras consolidadas en todo el territorio.
A pesar de las modificaciones en las fechas previas, el día para la instalación de las nuevas administraciones locales no sufrirá alteraciones. La ceremonia de posesión oficial de los cargos se mantiene con carácter obligatorio para el 14 de mayo. Diana Atamaint explicó que la ley dispone que las resoluciones definitivas no pueden emitirse con una posterioridad de quince días a dicha fecha. Por consiguiente, la validación de los datos se efectuará cuando ya no existan impugnaciones pendientes, garantizando así una transición ordenada en los diferentes municipios y prefecturas.
Competencias institucionales y jurisprudencia
Ante la posibilidad de que otros poderes del Estado intenten intervenir en el cronograma, el organismo rector recordó la normativa vigente. Diana Atamaint mencionó que existen antecedentes y fallos emitidos por la Corte Constitucional que delimitan las competencias durante los comicios. Estos dictámenes establecen que en época electoral, la máxima autoridad es la Función Electoral, lo cual impide la interferencia de agentes externos. La representante aclaró que su declaración no es una advertencia, sino una evocación jurídica de los pronunciamientos que los propios magistrados han dictado con anterioridad.
Diana Atamaint señaló que es necesario informar a la ciudadanía frente a las opiniones de personas que aseguran conocer las normativas en las redes sociales.

