La Corte Constitucional del Ecuador emitió este 3 de marzo de 2026 un dictamen que permite tramitar vía enmienda la propuesta del presidente Daniel Noboa para retirar al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) la facultad de designar autoridades y trasladarla a la Asamblea Nacional, porque no afecta derechos ni garantías constitucionales.
Dictamen favorable a la enmienda
El máximo organismo constitucional evaluó cuatro propuestas enviadas por el Ejecutivo el 9 de septiembre de 2025. El análisis se realizó conforme al artículo 441 de la Constitución, que regula el trámite de enmiendas. La Corte concluyó que la modificación sobre el Cpccs puede avanzar por esta vía. El dictamen señala que la redistribución de competencias no altera la estructura fundamental del Estado.
"La modificación orgánica de las atribuciones de la Asamblea Nacional y del CPCCS no afecta derechos ni garantías constitucionales", indica el documento oficial de 45 páginas. Con esta decisión, la propuesta que retira al Cpccs la designación de autoridades podrá continuar el proceso legislativo correspondiente en la Asamblea Nacional.
Propuesta sobre registro de delitos sexuales
La primera propuesta planteaba crear un registro de personas condenadas por delitos sexuales para impedir su vinculación con niñas, niños y adolescentes. La Corte Constitucional determinó que esta iniciativa no procede por la vía de enmienda. El organismo sostuvo que podría generar discriminación basada en el pasado judicial.
Además, los jueces señalaron que el Ejecutivo no presentó evidencia técnica que demuestre que el registro reduciría delitos contra menores. Por esa razón, la Corte descartó su trámite bajo el artículo 441. El dictamen precisa que la propuesta requiere un análisis distinto si se pretende modificar garantías o derechos constitucionales.
Mayoría calificada en la Corte
Otra propuesta exigía una mayoría calificada de seis de nueve jueces para declarar la inconstitucionalidad de leyes de iniciativa presidencial, decretos de estado de excepción y consultas populares impulsadas por el Ejecutivo. La Corte concluyó que esa reforma podría afectar la independencia judicial. También advirtió que reduciría el control constitucional como mecanismo de contrapeso.
El dictamen señala que la iniciativa crearía un desequilibrio a favor del Ejecutivo. Por ello, el organismo rechazó su trámite mediante enmienda. El análisis sostiene que modificar reglas internas de decisión del tribunal impacta el sistema de control constitucional previsto en la Carta Magna.
Inclusión de nuevos delitos en el artículo 81
La cuarta propuesta buscaba incorporar los delitos de extorsión, robo y receptación al artículo 81 de la Constitución para aplicarles procedimientos penales especiales y expeditos. Los jueces consideraron que la Presidencia no justificó un fin constitucional válido. También indicaron que la medida limitaría garantías penales. Según el dictamen, la iniciativa no se orienta a proteger grupos vulnerables, condición exigida para ese tipo de procedimiento especial.
Con este pronunciamiento, la Corte Constitucional del Ecuador habilita únicamente la enmienda relacionada con el Cpccs. Las otras tres propuestas no podrán avanzar por la vía planteada. La decisión marca un paso en el debate sobre la designación de autoridades en Ecuador. El proceso legislativo definirá si la Asamblea Nacional asume esa competencia.

