La Agencia Nacional de Regulación y Control del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial (ANT) prorrogó hasta el 31 de agosto de 2026 la vigencia y uso de las licencias de conducir caducadas desde el 30 de enero de 2026. La medida rige desde el 8 de julio, tras la publicación de la Resolución Nro. ANT-ANT-2026-0048-R en el Registro Oficial. Los conductores podrán circular mientras realizan la renovación, si cumplen los requisitos fijados por la entidad.

La resolución permite conducir con una licencia vencida hasta el nuevo plazo. Sin embargo, el conductor debe portar el documento físico caducado y el turno impreso que obtuvo en la página web de la ANT. Si perdió o sufrió el robo de la licencia, deberá presentar la denuncia correspondiente ante la autoridad competente.

Los agentes y organismos de control de tránsito verificarán esos documentos durante los operativos. La prórroga no elimina el trámite de renovación ni reemplaza los requisitos legales para obtener, renovar o duplicar una licencia de conducir.

Requisitos para circular con licencia vencida

La licencia caducada debe haber vencido desde el 30 de enero de 2026. Ese es el grupo de conductores que puede acogerse a la medida emitida por la ANT. La autorización estará vigente hasta el 31 de agosto de este año.

El segundo requisito es contar con un turno impreso para la renovación de la licencia. El usuario debe obtenerlo mediante la plataforma oficial de la ANT y llevarlo junto con su documento vencido. La entidad no indicó que una captura digital del turno sustituya al comprobante impreso.

En caso de pérdida o robo, el conductor debe presentar la denuncia y el turno impreso. La resolución dispone que los controles de tránsito revisen estos respaldos. Por ello, quienes no tengan turno o no presenten los documentos requeridos no podrán ampararse en la prórroga.

Exámenes y documentos también mantienen vigencia

La ANT también amplió hasta el 31 de agosto de 2026 la validez de los exámenes psicosensométricos y otros documentos necesarios para obtener una licencia por primera vez, renovarla o pedir un duplicado. Esta disposición aplica a los documentos que vencieron desde el 30 de enero.

La medida incluye los requisitos que perdieron vigencia durante la suspensión temporal de actividades de la ANT. La entidad suspendió sus servicios durante 30 días en marzo de 2026, luego del operativo denominado "Jaque".

La resolución señala que los usuarios deben cumplir los demás requisitos legales y reglamentarios para completar cada trámite. Por tanto, la ampliación de vigencia no entrega una licencia nueva ni libera al conductor de las evaluaciones o pagos que correspondan.

Plazo especial para conductores profesionales

La ANT fijó un plazo distinto para los procesos de brevetación de estudiantes graduados. Los conductores profesionales podrán usar hasta el 31 de octubre de 2026 el título habilitante registrado en el sistema informático, siempre que ese registro haya caducado hasta el 9 de marzo de este año.

La decisión amplía una prórroga anterior que permitía circular con licencias vencidas hasta el 30 de junio. La nueva resolución mantiene el beneficio hasta agosto para quienes cumplen las condiciones señaladas.

La ANT sustentó la medida en las afectaciones que dejó la suspensión de actividades y en la necesidad de mantener activos los trámites pendientes. El documento busca evitar que los retrasos institucionales impidan la circulación de conductores que ya iniciaron la renovación de su licencia de conducir.