Álvaro Jesús M. y Carlos Efraín A. fueron sentenciados a 17 años y cuatro meses de prisión por el delito de terrorismo, tras ser hallados culpables de la retención de 61 personas al interior del Centro de Privación de Libertad Azuay Nro. 1, entre el 8 y el 13 de enero de 2024, en Cuenca, Ecuador.
Retención violenta y amenazas a rehenes
El 8 de enero de 2024, personas privadas de libertad, lideradas por Álvaro Jesús M., retuvo a 49 agentes de seguridad penitenciaria y a 12 empleados de la empresa proveedora de alimentación. La acción violenta ocurrió en el Pabellón de Máxima Seguridad A y en el área de cocina del centro carcelario.
Para impedir el ingreso de Policías y Militares cerraron accesos y colocaron cilindros de gas como barrera. Durante los días de crisis, se difundieron videos en redes sociales. Los detenidos, con rostros cubiertos, amenazaban a los rehenes con armas de fuego y cuchillos.
En esas grabaciones, los reos exigían al Presidente de la República que no autorizara operativos ni traslados. Además, obligaron a las víctimas a enviar mensajes en video solicitando protección, alegando que sus vidas corrían peligro.
Adolescente de 16 años entre los abatidos en operativo policial en Durán
Participación de “Los Lobos” y liberación de rehenes
En uno de los videos difundidos, Álvaro Jesús M. se identificó como líder de la organización criminal “Los Lobos”. A y expuso públicamente sus demandas. Según la Fiscalía, él planificó, dirigió y ejecutó la retención con ayuda de Carlos Efraín A. y otros privados de libertad.
La liberación de los rehenes fue progresiva. La liberación de seis personas se dio entre el 8 y el 12 de enero. Las restantes 55 víctimas las liberaron la noche del 13 de enero. Luego de un diálogo entre el líder del grupo y funcionarios del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI).
Pruebas y sentencia judicial
Durante el juicio, la Fiscalía presentó testimonios de víctimas, informes de reconocimiento del lugar, pericias de audio y video, y declaraciones de funcionarios del SNAI y agentes investigadores. Las evidencias permitieron al Tribunal Especializado en Delitos de Corrupción y Crimen Organizado emitir una sentencia condenatoria.
El Tribunal también ordenó la destrucción de teléfonos celulares usados para grabar y difundir los videos. También dispuso el comiso de armas de fuego, municiones y radios de comunicación, incautados en el operativo posterior a la liberación.
Fundamento legal y agravantes
La condena se fundamentó en el artículo 366 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el terrorismo con prisión de 10 a 13 años. Como el delito fue cometido dentro de un centro penitenciario, se aplicó la pena máxima aumentada en un tercio, como lo establece el mismo artículo.
Contexto del sistema penitenciario
Este caso ocurrió en medio de una crisis carcelaria nacional, marcada por amotinamientos y secuestros. Todo aquello con presencia de grupos de delincuencia organizada (GDO) al interior de los centros de privación de libertad. “Los Lobos” son señalados por las autoridades como responsables de parte de los hechos violentos en el sistema penitenciario ecuatoriano.
La sentencia busca enviar un mensaje disuasivo frente a la creciente violencia en las cárceles y reafirma la necesidad de reforzar las medidas de control y seguridad.
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