Corte Constitucional se pronuncia sobre propuesta para reducir número de asambleístas

La Corte Constitucional resolvió este lunes sobre tres propuestas del Ejecutivo para la consulta popular de 2025, aprobando dos de ellas con condiciones.
Corte se pronuncia sobre consulta popular: luz verde para financiamiento partidario y contratación por horas
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Redacción

Redacción ED.

a Corte Constitucional del Ecuador se pronunció este lunes 15 de septiembre de 2025 sobre tres propuestas del presidente Daniel Noboa para ser incluidas en la consulta popular y referéndum de este año. El organismo aprobó la eliminación del financiamiento público a partidos políticos y la contratación por horas en turismo, mientras rechazó la reducción del número de asambleístas, por no cumplir con los principios constitucionales de claridad y lealtad hacia el electorado.

Corte Constitucional aprueba dos propuestas con modificaciones

La Corte Constitucional, máximo órgano de control constitucional del país, evaluó el contenido jurídico y técnico de las preguntas propuestas por el Ejecutivo. En un comunicado oficial, señaló que la eliminación del financiamiento público a los partidos políticos sí puede ser tramitada como reforma parcial a la Constitución.

Según el dictamen, se determinó la constitucionalidad de la pregunta, sus considerandos y anexos, pero se eliminaron textos que contenían valoraciones ajenas al objeto de la consulta. Además, se excluyó un anexo que proponía modificar el artículo 115 de la Constitución, ya que dicho cambio no estaba incluido en la pregunta ni en los considerandos.

De ser aprobada por el electorado, la reforma afectará directamente al artículo 110 de la Constitución, estableciendo que los partidos políticos se financiarán exclusivamente con aportes de afiliados y simpatizantes, eliminando así el financiamiento estatal.

Contratación por horas: solo en turismo y bajo condiciones

En cuanto a la contratación por horas, la Corte consideró que la medida es constitucional siempre que se limite a la primera relación laboral en el sector turístico, y que se garanticen los derechos adquiridos de los trabajadores.

El organismo también eliminó dos considerandos que, según su análisis, podían inducir al voto, lo cual violaría el principio de neutralidad informativa exigido para procesos de consulta.

Esta decisión abre la posibilidad de implementar una modalidad de empleo más flexible en un sector clave para la reactivación económica del país, sin que ello signifique un retroceso en materia de derechos laborales.

Rechazo a la reducción del número de asambleístas

La tercera propuesta del Ejecutivo, relacionada con la reducción del número de asambleístas, fue rechazada por la Corte Constitucional. El dictamen señala que la iniciativa omitió información esencial, como el detalle de la disminución de curules de 151 a aproximadamente 73.

Esta omisión, indica la Corte, impide que los votantes comprendan de manera informada las consecuencias de la propuesta sobre la representación democrática por provincias. Por esta razón, la medida no cumple con los principios establecidos en los artículos 103 y 104 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (LOGJCC).

La Corte aclaró que el Ejecutivo puede presentar una nueva propuesta, siempre que cumpla con los requisitos constitucionales de claridad y lealtad al elector.

La ruta hacia la consulta popular

El presidente Daniel Noboa ha promovido la consulta popular como una herramienta para introducir reformas estructurales en el marco de su política de reestructuración institucional.

Con este dictamen, el Ejecutivo deberá ajustar el contenido final de la consulta, en estricto apego a lo dispuesto por la Corte. El CNE, por su parte, deberá iniciar el proceso de divulgación oficial para que el electorado conozca los contenidos aprobados y pueda votar de forma informada.

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