El Tribunal Penal de la Corte Nacional de Justicia sentenció este lunes 30 de junio de 2025 al exvicepresidente Jorge Glas y al exsecretario técnico de Reconstrucción, Carlos Bernal, a 13 años de prisión como coautores del delito de peculado, en el marco del caso Reconstrucción de Manabí, que involucra el uso de recursos provenientes de la Ley de Solidaridad tras el terremoto del 16 de abril de 2016.
La sentencia, dictada tras siete días de deliberación, no solo implica una condena penal, sino que también acarrea la inhabilitación de por vida para ejercer cargos públicos y la suspensión de derechos políticos por 25 años. Además, ambos deberán pagar —de manera conjunta— una reparación integral de $250 millones al Estado ecuatoriano.
Lectura de la sentencia a Glas y Bernal
Durante más de tres horas de lectura, el Tribunal integrado por Mercedes Caicedo, Marco Rodríguez y Javier De La Cadena detalló los elementos que configuraron el delito. La jueza Caicedo, ponente del caso, fue enfática al señalar que la sentencia responde a acciones concretas que “malgastaron recursos públicos” y dejaron en el “abandono a miles de damnificados por el terremoto”.
El fallo establece que, aunque Glas y Bernal no firmaron contratos directamente, ejercieron un rol determinante en la priorización y ejecución de obras que no guardaban relación con la emergencia. La mayoría de los 584 proyectos aprobados por el Comité de Reconstrucción carecían de estudios técnicos y viabilidad, y al menos 164 se autorizaron sin respaldo documental, como lo indicó Byran Estuardo Pacheco, delegado del Consejo de Participación Ciudadana.
Uno de los aspectos más graves revelados en la sentencia fue la ejecución de obras a través de contrataciones directas, mecanismo que facilitó la ausencia de controles y favoreció a empresas vinculadas al círculo cercano de Bernal. La resolución detalla que una compañía relacionada con familiares del exfuncionario obtuvo contratos por aproximadamente $2 millones, financiados con fondos de la Ley de Solidaridad.
Más sobre la sentencia
En el caso de Jorge Glas, el Tribunal concluyó que, pese a no tener firma directa en los contratos, su papel como presidente del Comité fue crucial para direccionar el dinero hacia proyectos ajenos a la reconstrucción. “Existió un impulso doloso y consciente”, afirmó la jueza Caicedo, al subrayar que el exvicepresidente utilizó su influencia para priorizar obras sin urgencia ni pertinencia técnica.
La sentencia hace mención explícita a obras emblemáticas que ilustran el manejo discrecional de los fondos de la reconstrucción. Entre ellas, el puente sobre el río Mataje, en la frontera norte, que “no conecta con ningún lugar”, y la construcción de un hospital en un pantano en Chone, sin estudios sismorresistentes. En Portoviejo, el parque Las Vegas se edificó en una zona propensa a inundaciones, mientras que en Jama se construyó un puente al lado de otro que ya cumplía la misma función.
Particularmente simbólico resultó para los magistrados el caso del hospital de Pedernales, que, a pesar de su urgencia, no estuvo priorizado, argumentan. “Al menos 11 proyectos se construyeron de manera ilegítima, antitética y con desperdicio de fondos”, concluyó el Tribunal.
“La mayoría de las obras no son sismorresistentes. En Jama no se entiende por qué se construye un puente junto a un puente”, recalca un informe pericial leído en la diligencia.
Otras consideraciones de los magistrados
El Tribunal también cuestionó los mecanismos financieros empleados en la ejecución de los pagos de la reconstrucción. Se identificaron formas de desembolso anti técnicas, incluso para labores críticas como la remoción de escombros. Esta falta de planificación, sumada a la ausencia de controles de calidad y criterios técnicos, evidenció —a juicio de los magistrados— un nivel de improvisación “inadmisible”, dado el contexto de desastre natural.
La reparación integral establecida en el fallo asciende a $250 millones, aunque la jueza Caicedo dejó constancia de que el perjuicio total superó los USD 225 millones. “Se violentaron los fines de la Ley de Solidaridad”, remarcó la jueza. Recordó que estos recursos estaban destinados exclusivamente a la atención de víctimas y la recuperación de las zonas afectadas.
Este fallo en el caso Reconstrucción de Manabí es de primera instancia y aún puede ser apelado.
Esto dijo Bernal a El Diario el 26 de mayo sobre el caso Reconstrucción
El exsecretario técnico del Comité de Reconstrucción y Reactivación Productiva para Manabí y Esmeraldas, Carlos Bernal, rechaza las acusaciones que lo involucran en presuntas irregularidades dentro del caso Reconstrucción de Manabí, proceso penal en el que también figura como llamado a juicio el exvicepresidente Jorge Glas. Bernal aseguró que su rol fue estrictamente técnico y que nunca manejó fondos ni intervino en la adjudicación de contratos.
También negó varios detalles del proceso en torno al caso Reconstrucción. “No gestioné ningún desembolso ante el Ministerio de Finanzas. Tampoco tenía la atribución de manejar o gestionar recursos”, enfatizó. Asimismo, aseguró que no participó en la firma de ningún contrato, ni en sus fases previas o posteriores. Según Bernal, las decisiones sobre priorización de obras no le competían, ya que correspondía al pleno del Comité, con resoluciones tomadas por unanimidad.
“Como secretario técnico del Comité, no prioricé ninguna obra, lo hizo el Comité por unanimidad. No era atribución del secretario la priorización” recalca.
En sus declaraciones subraya que el vínculo familiar con los accionistas de una empresa contratada para la remoción de escombros, no constituye delito alguno, y que la compañía no figura como beneficiaria en el proceso judicial. Añadió que existen certificaciones oficiales que lo respaldan. Asegura que el juez Marco Aguirre no se ha pronunciado sobre supuestos vínculos o favoritismos, y que dejó la valoración probatoria al tribunal en etapa de juicio del caso Reconstrucción. (37).