El Ministerio de Trabajo reglamentó el martes 22 de octubre el denominado ‘Pico y Placa eléctrico’.
Esto nació de un pedido de los sectores industriales para aplacar las afectaciones causadas por los racionamientos eléctricos.
Esta solicitud se sustentó en aprovechar los momentos en que no se ejecutan apagones en sectores productivos.
Así buscan poder operar y sacar la producción necesaria en las empresas, ante la crisis energética.
De ahí que, la cartera de Estado aceptó la petición y reguló el ‘Pico y Placa eléctrico’. Pero, ¿qué es esto?
La medida establece jornadas laborales de diez horas diarias, pero únicamente durante cuatro días.
Sin embargo, esta no es una medida unilateral, ya que debe existir un acuerdo entre empleador y empleado.
Es decir, que tanto el propietario de la empresa como el trabajador, deben negociarlo. Luego, este debe ser firmado por ambas partes y constar en un sistema del Ministerio del Trabajo.
¿Cómo se trabaja con el ‘Pico y Placa eléctrico?
El empleador tendrá 30 días desde la suscripción del acuerdo para registrarlo en el Sistema Único de Trabajo (SUT).
De la misma manera, de existir modificación o nuevos acuerdos se deberá registrar nuevamente en el sistema SUT.
El Acuerdo Ministerial entrega dos propuestas de ‘Pico y Placa eléctrico’, para que ambas partes decidan.
Asimismo, los acuerdos que se establezcan no podrán superar las cuarenta horas semanales de trabajo.
Las jornadas pueden darse de la siguiente manera:
- 7h00 a 17h00 (10 horas diarias) aplicables para los días lunes, martes, miércoles y jueves.
- 7h00 a 17h00 (10 horas diarias) aplicables para los días jueves, viernes, sábado y domingo.
De la misma manera, los trabajadores que pactaron ‘Pico y Placa eléctrico’, tendrán derecho a un día de descanso adicional.
Es decir, que deben recibir sus 24 horas del acuerdo, más las 48 horas de descanso de fin de semana, dando un total de 72 horas (tres días) libres.