Para muchas personas, las mascotas son parte de la familia. Sin embargo, pocas se detienen a pensar qué sucede con ellas si su tutor fallece y no existe un familiar o persona cercana que las reclame. En esos casos, perros y gatos quedan en una zona gris entre el derecho civil y la normativa de bienestar animal.
La situación no es excepcional: autoridades municipales y fundaciones de rescate reciben con frecuencia animales cuyos dueños murieron solos o no dejaron instrucciones claras sobre su cuidado.
¿Las mascotas son consideradas herencia?
En el marco legal ecuatoriano, las mascotas se consideran bienes muebles semovientes dentro del derecho civil. Esto significa que no heredan ni pueden ser beneficiarias directas de un testamento, pero sí pueden aignarlas a una persona como parte de la sucesión.
Si existe un testamento, el tutor puede dejar establecido quién asumirá la custodia del animal y con qué recursos económicos se garantizará su cuidado. Cuando no hay testamento ni familiares que se hagan cargo, la mascota pasa a ser responsabilidad temporal del Estado o del municipio correspondiente.
El rol de municipios y fundaciones
Cuando una mascota queda sin tutor, las autoridades locales suelen intervenir a través de unidades de control animal o centros de acogida. Allí se evalúa su estado de salud y comportamiento, y se intenta localizar a familiares, vecinos o personas cercanas que puedan asumir su cuidado.
Si no aparece nadie, el animal puede ser derivado a fundaciones o ingresar a programas de adopción responsable. En casos extremos, la sobrepoblación y la falta de recursos complican este proceso, prolongando la estancia en albergues.
¿Puede considerarse abandono?
Legalmente, el fallecimiento del tutor no se considera abandono intencional. Sin embargo, si se comprueba que existían familiares que deliberadamente ignoraron al animal, podrían configurarse responsabilidades administrativas según ordenanzas municipales y la Ley Orgánica de Bienestar Animal.
La normativa prohíbe el maltrato y el abandono, y establece sanciones cuando se vulneran estos principios, incluso en contextos posteriores a la muerte del tutor.
Planificar también es proteger
Especialistas en derecho y bienestar animal recomiendan incluir a las mascotas en la planificación patrimonial. Esto puede hacerse designando un responsable en el testamento, dejando fondos específicos para su manutención o acordando previamente con un familiar o amigo su cuidado.
Aunque en los últimos años Ecuador ha avanzado en reconocer a los animales como seres sintientes, todavía existen vacíos legales sobre su protección en situaciones como la muerte del tutor. Mientras tanto, la mejor herramienta sigue siendo la prevención: dejar instrucciones claras y asumir que, incluso después de la vida, nuestras decisiones pueden marcar el destino de quienes dependen de nosotros.

