Luis Alfredo E. Q., fue sentenciado a 10 años de cárcel por el delito de comercialización de pornografía infantil. El procesado almacenó desde junio de 2020 83 archivos multimedia con 267 imágenes y videos de material de abuso sexual infantil (MASI) en su cuenta personal de correo electrónico de Google.
El caso se originó el 6 de agosto de 2020 por un informe del Centro Nacional para Menores Desaparecidos y Explotados (NCMEC) de Estados Unidos, que alertó sobre la presencia de material ilícito en Ecuador. La investigación llevó a su detención el 5 de febrero de 2021, y pese a una sentencia absolutoria en primera instancia en diciembre de 2022, la apelación fiscal permitió revertir el fallo en la audiencia resuelta en Quito, Pichincha.
Detectaron el delito
El delito se detectó gracias al mecanismo internacional del NCMEC, que monitorea plataformas digitales y remite alertas a autoridades de diversos países cuando identifica material de abuso sexual infantil. En Ecuador, estos reportes han sido clave para iniciar investigaciones en los últimos años, especialmente en entornos digitales como correos electrónicos y redes sociales.
El 6 de agosto de 2020, la Fiscalía recibió la notificación sobre el almacenamiento ilícito en una cuenta de Google asociada a Luis Alfredo E. Q.. Tras recopilar indicios en la etapa previa, el 5 de febrero de 2021 se procedió a su detención para la formulación de cargos.
El 14 de junio de 2021 fue llamado a juicio por la Fiscalía Especializada en Delincuencia Organizada, Transnacional e Internacional 4 (Fedoti 4) de Pichincha.
Pruebas técnicas y peritaje
Pruebas técnicas y peritaje forenseDurante el proceso, la Fiscalía presentó evidencia digital que demostró la posesión y almacenamiento de 83 archivos que contenían 267 imágenes y videos de MASI. Un peritaje antropológico forense confirmó que las víctimas tenían edades entre 5 y 12 años, lo que agravó la gravedad del caso al involucrar a menores en etapas tempranas de desarrollo
La exposición de estas pruebas en primera instancia no fue suficiente para una condena, ya que el tribunal dictó inocencia en diciembre de 2022. Sin embargo, la institución interpuso recurso de apelación, insistiendo en la solidez de los indicios técnicos y el reporte internacional.
Apelación y sentencia
La audiencia de apelación, reinstalada para resolución el 10 de marzo de 2026, permitió a la fiscal del caso reiterar las pruebas. La Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha acogió el recurso, declaró a Luis Alfredo E. Q., autor del delito y aplicó la pena de 10 años de cárcel.
Esto dentro del rango establecido por el artículo 104 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona con 10 a 13 años la publicación, posesión, almacenamiento, transmisión o comercialización de pornografía con utilización de niños y adolescentes.
