La justicia determinó una condena de veintidós años de prisión para Segundo M.P., por tráfico ilícito de más de 45 kilos de marihuana. El fallo lo dictó el Tribunal de Garantías Penales, que consideró que la evidencia presentada resultó suficiente para declarar culpable al procesado.
El caso inició a raíz de un operativo realizado por la Policía Nacional en la parroquia Urdaneta, cantón Saraguro, que culminó en la aprehensión de Segundo M.P., De acuerdo con los informes judiciales, durante el allanamiento a un inmueble, los agentes incautaron 47 paquetes de una sustancia vegetal verde, posteriormente identificada como marihuana, así como una funda con varias dosis de clorhidrato de cocaína.
La Fiscalía detalló que el acusado se encontraba en el lugar durante el operativo por lo que se procedió a su detención inmediatamente. Luego de la audiencia de flagrancia, el procesado recibió prisión preventiva y se formalizó la acusación por tráfico de drogas a gran escala.
Evidencia presentada y análisis pericial
En el juicio, la Fiscalía presentó informes clave. Entre las principales pruebas estuvo la pericia de análisis químico, verificación y pesaje de las sustancias decomisadas, que arrojó un resultado de 45,9 kilogramos de marihuana y 14 gramos de clorhidrato de cocaína.
También se incluyeron los testimonios de los policías que intervinieron en la operación, junto con los reportes oficiales sobre el allanamiento y la aprehensión del individuo. Los testimonios policiales y los documentos ingresados bajo cadena de custodia permitieron reforzar la acusación.
Otro de los elementos incorporados a la investigación fue el informe de reconocimiento del sitio de los hechos y el levantamiento de las evidencias incautadas. Se destacó que durante el decomiso se encontraron además balanzas y dinero en efectivo en poder del sentenciado.
Valoración judicial y resolución
Después de analizar toda la evidencia, el Tribunal consideró que la Fiscalía logró desvirtuar la presunción de inocencia de Segundo M.P., y probó, con suficiente peso, cada aspecto de la acusación. En consecuencia, dictó la sentencia de veintidós años de reclusión, en concordancia con la tipificación y sanción establecidas en el artículo 220 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que castiga el tráfico de drogas en gran escala con penas que van de veintidós a veintiséis años.
El caso destaca el trabajo conjunto de la Fiscalía y la Policía Nacional para combatir el tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización, apoyándose en análisis periciales, testimonios directos y estricto control de la evidencia desde su levantamiento hasta su presentación ante la justicia.
La sentencia representa una de las más severas en la región por tráfico de marihuana a gran escala y marca un precedente en la aplicación estricta de la ley contra este tipo de delitos.
