A partir de la entrada en vigor del nuevo reglamento del sistema de rehabilitación social, las personas que porten un grillete electrónico deberán costear el uso y mantenimiento del dispositivo. Así lo dijo el titular del Ministerio del Interior, John Reimberg, quien precisó que la tarifa correspondiente ya fue aprobada oficialmente.

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"Los ecuatorianos no van a pagar eso, no lo vamos a permitir", afirmó Reimberg, dejando en claro que la carga económica recaerá sobre quienes soliciten o se beneficien de medidas judiciales que contemplen este dispositivo, y no sobre el erario público. El ministro también indicó que los equipos son de procedencia estadounidense y que actualmente se encuentran en proceso de instalación cerca de mil unidades.

El Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de Libertad (SNAI) será el organismo encargado de fijar el monto a pagar, según lo establece el reglamento. Reimberg detalló que el valor aproximado es de $200 mensuales porque "el Ecuador no pagará esto".

Criterios para determinar el valor del grillete electrónico

El costo del grillete electrónico no será uniforme para todos los usuarios. El reglamento contempla que el SNAI tomará en cuenta las condiciones socioeconómicas de cada persona al momento de calcular la tarifa, lo que podría derivar en valores diferenciados según la capacidad de pago del beneficiario.

Adicionalmente, el monto incluirá los gastos vinculados al funcionamiento del sistema: uso del grillete electrónico, operación, mantenimiento, reposición en caso de daño y soporte técnico. Los recursos recaudados se destinarán exclusivamente a financiar estos rubros bajo administración del SNAI, con el propósito de que el sistema se sustente parcialmente con los aportes de sus propios usuarios.

El reglamento también habilita mecanismos de exoneración, reducción o aplazamiento del pago en casos debidamente justificados, particularmente para personas con limitaciones económicas comprobadas.

Uso del grillete y obligaciones del portador

El grillete electrónico se emplea en distintos escenarios del sistema judicial y penitenciario: medidas cautelares dictadas por jueces, esquemas de protección para víctimas o testigos, y beneficios penitenciarios como regímenes semiabiertos o abiertos. En todos los casos, su aplicación requiere una disposición judicial previa.

Una vez instalado el dispositivo, el usuario está obligado a portarlo de manera ininterrumpida y a acatar todas las instrucciones de la autoridad competente. El monitoreo opera las 24 horas del día, los siete días de la semana, a cargo de un equipo técnico especializado responsable de la instalación, activación y seguimiento del sistema.

En caso de incumplimiento, el SNAI podrá solicitar la revocatoria de la medida judicial mediante informes técnicos que acrediten irregularidades. La desinstalación del grillete electrónico también procede si la persona es detenida o trasladada a un centro de privación de libertad, siempre bajo orden judicial.