El jurista Ramiro Aguilar Torres analizó el escenario legal y político que enfrenta el alcalde de Portoviejo, Javier Pincay, tras la resolución emitida por el Tribunal Contencioso Electoral. El abogado sostuvo que la suspensión de derechos políticos no puede tener efectos retroactivos sobre una autoridad que fue electa democráticamente y que asumió funciones con plena habilitación legal.

Durante una entrevista en Manavisión Plus, Aguilar explicó las diferencias entre una inhabilidad para futuras elecciones y la permanencia en el cargo actual. Además, se refirió a las dudas que han surgido sobre la validez de las decisiones administrativas del alcalde y la posibilidad de que otras instituciones interfieran en la administración municipal. También abordó el componente político que, a su criterio, rodea el caso, así como el papel que podría desempeñar el Concejo Municipal.

¿Desde el punto de vista jurídico, la suspensión de derechos políticos impide que Javier Pincay continúe ejerciendo como alcalde de Portoviejo?

Aquí están en juego dos derechos. Primero, los derechos políticos adquiridos del alcalde de Portoviejo, quien fue electo, posesionado y asumió sus funciones con plena habilitación legal al momento de su postulación y elección.

Entonces, si durante el ejercicio de la Alcaldía existe una sanción que suspende esos derechos, esta no puede tener efectos retroactivos. Es decir, podría inhabilitarlo para futuras elecciones o para ejercer un nuevo cargo público, pero no impedirle continuar en sus funciones actuales, porque eso significaría vulnerar gravemente las elecciones, la democracia y el Estado de Derecho.

Segundo, esto podría convertirse en un mecanismo para boicotear una decisión tomada en las urnas. Bastaría con que una persona gane una elección y posteriormente aparezca una infracción electoral para impedir el ejercicio legítimo de sus funciones, pese a haber sido elegida democráticamente.

¿Javier Pincay puede terminar su periodo como alcalde, pero no buscar la reelección en las seccionales de noviembre?

Exactamente. La sentencia no puede tener efectos retroactivos ni generar una inhabilitación hacia el pasado, porque él estaba perfectamente habilitado cuando ganó la elección como alcalde de Portoviejo.

Por lo tanto, los efectos de la sentencia solo pueden proyectarse hacia el futuro. En ese contexto, desde mi criterio jurídico, el alcalde de Portoviejo debe continuar en funciones, porque la inhabilidad derivada de la sentencia aplica para futuras elecciones o futuros cargos públicos, no para la dignidad que ganó cuando tenía plenamente vigentes sus derechos políticos.

¿Las decisiones administrativas y documentos firmados por el alcalde mantienen validez pese a esta situación?

Por supuesto. No es que sus decisiones queden anuladas ni que exista una violación a la ley por continuar ejerciendo sus funciones. Una sentencia no puede tener efectos retroactivos sobre una elección democrática, porque de lo contrario se estaría quebrantando el orden constitucional.

La sentencia que inhabilita tiene efectos hacia el futuro e impediría ejercer un nuevo cargo público. Pero pensar lo contrario abriría un precedente gravísimo. Hagamos un ejemplo: se elige democráticamente a un presidente y luego alguien presenta una denuncia ante el Tribunal Contencioso Electoral. Si se aceptara que una suspensión de derechos políticos puede dejar sin efecto el mandato ya obtenido, entonces cualquier autoridad elegida democráticamente podría ser removida bajo ese argumento.

La Constitución es clara respecto a las causales de inhabilidad, tanto para el presidente de la República como para una autoridad cantonal.

¿Existe algún sustento legal para hablar de arrogación o usurpación de funciones en el caso del alcalde?

No. Aquí no existe usurpación de funciones. Él no está arrogándose competencias que no le corresponden. Las funciones le fueron otorgadas mediante una elección libre, fue legalmente posesionado y ha venido ejerciendo el cargo de manera legítima.

Por eso insisto en que no se puede pretender, bajo el argumento de una suspensión de derechos políticos, retirar del cargo a una autoridad elegida democráticamente. Pretender que el alcalde sea separado de sus funciones bajo un supuesto efecto retroactivo de la sentencia sería, a mi criterio, una forma de usurpar el Municipio de Portoviejo.

¿El Ministerio de Finanzas podría retirar accesos o bloquear recursos municipales tomando como base la resolución del Tribunal?

Eso sería incluso más grave, porque terminarían sancionando al municipio y no únicamente al alcalde. Las claves y accesos financieros no pertenecen al alcalde, sino a la institución municipal.

El acceso a partidas presupuestarias y recursos públicos pertenece al Municipio de Portoviejo. Por lo tanto, cualquier acción arbitraria orientada a impedir el funcionamiento administrativo del cabildo constituiría un acto ilegítimo.

¿Considera que detrás de este proceso existe un componente político?

Al alcalde se le está sancionando por no haber asistido a un debate antes de ganar la elección y casi tres años después se pretende impedir que concluya sus últimos meses de gestión. Solo ese argumento ya resulta inconsistente.

Si esa era realmente una causal para impedirle ejercer el cargo, el Tribunal Contencioso Electoral debió evitar la posesión o actuar inmediatamente después de que asumió funciones. Por eso, el desarrollo de este caso hace pensar, como también lo ha señalado la defensa del alcalde, que aquí existe un tinte absolutamente político.

¿Qué tan determinante será el respaldo político del Concejo Municipal para la continuidad de Javier Pincay?

El Tribunal Contencioso Electoral puede decir cualquier cosa. Aquí el tema es cuánto respaldo político tiene el alcalde dentro del Concejo Municipal.

Porque lo que sí puede ocurrir es que los concejales rompan su apoyo político al alcalde y terminen abriendo un proceso de destitución. Eso sí sería absolutamente legal y legítimo, porque el Concejo tiene la competencia.

Pero si los concejales, entendiendo que aquí existe una persecución política —yo no conozco a Pincay, pero los hechos hablan por sí mismos— mantienen su respaldo político al alcalde, entonces lo que termine diciendo el Tribunal Contencioso Electoral pierde sentido.

Y si el Ministerio de Finanzas intenta boicotear el acceso a las cuentas, el Municipio tiene pleno acceso a presentar una acción de protección en Manabí para precautelar los intereses del Gobierno Autónomo Descentralizado de Portoviejo.

¿Cómo interpreta la convocatoria realizada por la vicealcaldesa para una sesión del Concejo Municipal?

Sería muy mal visto, muy desagradable, pero también muy propio de la política ecuatoriana: una traición. Espero que la vicealcaldesa de Portoviejo tenga el buen criterio de entender que, a pocos meses de finalizar la gestión del alcalde, y cuando además ya se acercan nuevas elecciones, sería innecesario un comportamiento de esa manera.

No obstante, le repito: aunque en lo legal el panorama es claro, en el Ecuador lo político es espeso. Y precisamente por eso, no sería extraño que, si el alcalde pierde el respaldo político de los concejales, termine asumiendo la vicealcaldesa. Claro, Pincay puede impugnar, pero no tendría sentido cuando se ha perdido la cohesión política del Concejo.

¿Cuál considera que sería la salida más adecuada para este conflicto?

Si me pidieran una opinión, diría que lo correcto es entender que la sentencia tiene efectos hacia adelante y no hacia atrás. Por lo tanto, lo adecuado sería permitir que concluya la administración municipal y defender tanto la institucionalidad del Gobierno Autónomo Descentralizado de Portoviejo como la decisión tomada por los ciudadanos en las urnas.

¿La defensa todavía puede acudir a nuevas acciones legales para intentar revertir este escenario?

Eventualmente podría presentarse una acción extraordinaria de protección ante la Corte Constitucional. Sin embargo, estamos en un contexto electoral y la legislación establece que, durante los procesos electorales, la máxima autoridad en esa materia es la función electoral.

La pregunta es si la Corte Constitucional tiene las agallas, la independencia política y la autonomía suficientes para hacer valer la Constitución frente a una decisión espuria del Tribunal Contencioso Electoral, cuando los propios jueces de la Corte Constitucional están siendo objeto de presión por parte del Gobierno Nacional.

¿Qué opinión tiene sobre la cancelación de organizaciones políticas como Unidad Popular y Construye?

En ese punto sí estoy de acuerdo. No pueden existir organizaciones políticas que obtengan menos del uno por ciento del padrón electoral. Ecuador necesita un verdadero sistema de partidos representativo.

Unidad Popular es el Movimiento Popular Democrático (MPD), porque el cambio de nombre a veces hace olvidar el ADN de la gente que está ahí. Y el MPD nunca ha tenido una verdadera representación política y electoral, más allá de su enclave histórico, que es la UNE, la Unión Nacional de Educadores.

Entonces, creo que, si no alcanzan un número determinado de votos, deberían salir del registro, porque además siguen beneficiándose del financiamiento electoral cuando, a criterio mío, no son verdaderos partidos políticos. ¿Dónde está la escuela de formación política de Construye? ¿Dónde está la del MPD? No existen. Elección tras elección presentan candidatos sin alcanzar el porcentaje de votos que exige la ley para mantenerse vigentes.

Por eso, tampoco hay que satanizar todo lo que hace el Tribunal Contencioso Electoral. Una cosa es intentar despojar de su legítimo cargo al alcalde de Portoviejo, contrariando la decisión democrática de una ciudad, y otra distinta es tratar de poner orden en el sistema de partidos frente a organizaciones que, en la práctica, terminan funcionando únicamente como credenciales electorales.

¿Considera que el país necesita una depuración más profunda del sistema de partidos políticos?

Sin duda. Tener más de 200 organizaciones políticas en Ecuador resulta excesivo. Muchas de ellas terminan funcionando únicamente como plataformas electorales, sin una verdadera representación ideológica ni estructuras políticas sólidas.

¿Usted sabe siquiera el nombre de las 237 organizaciones políticas que menciona el Consejo Nacional Electoral? ¿Sabe qué piensan o qué ideología tienen? No. Muchas son meras credenciales electorales que lograron registrarse sin que exista una verdadera auditoría de firmas y que aparecen únicamente en época de elecciones.

Incluso, sobre varias de ellas ya han existido denuncias en procesos electorales anteriores relacionadas con la venta de candidaturas. Por eso, creo que el Ecuador también necesita sincerar su sistema de partidos y reducirlo a organizaciones políticas que realmente representen posiciones ideológicas.

Porque, en el mundo, básicamente existen tres grandes corrientes ideológicas: el progresismo, la derecha moderada y la ultraderecha libertaria. Entonces, ¿dónde encajan 237 organizaciones dentro de esas corrientes? Ese es parte del gran problema que actualmente enfrenta el sistema de partidos políticos.

¿Cómo evalúa el funcionamiento de las instituciones del Estado?

El gran problema es que actualmente el Gobierno no tiene contrapesos reales. En toda democracia debe existir un sistema de pesos y contrapesos entre las funciones del Estado.

Es decir, si la Función Ejecutiva tiene determinadas facultades, la Función Legislativa debe fiscalizar su ejercicio. Y si desde la Función Ejecutiva o Legislativa se viola la ley, corresponde a la Función Judicial impartir justicia.

Cualquier gobierno que actúe sin instituciones que le señalen cuándo se excede en sus facultades termina convirtiéndose en autoritario. Y creo que el gobierno de Daniel Noboa, al no tener contrapesos ni en la Asamblea, ni en la Corte Constitucional, ni en la Fiscalía, ni en la Contraloría, ni en la Función Judicial, termina haciendo lo que le da la gana, sin que nadie le recuerde que existen líneas rojas que no puede cruzar. Y esas líneas rojas, en democracia, tienen un nombre: Constitución.