Tres personas fueron procesadas por su presunta participación en la desaparición involuntaria con resultado de muerte de Héctor Enríquez, en Quito.
La Fiscalía General del Estado formuló cargos contra Julio Marcelo C. M., Yismary Andreina Z. A. y César Damián E. M., tras reunir elementos que los vincularían con el hecho. La diligencia judicial se desarrolló luego de que se identificaran indicios sobre su posible intervención en el caso.
El hecho se remonta al 18 de febrero de 2026, cuando la víctima fue reportada como desaparecida en el norte de la ciudad.
Según la investigación, el joven habría sido interceptado mientras se movilizaba en su camioneta por el sector de Calderón. Días después, el 25 de febrero, su cuerpo sin vida fue localizado en una quebrada situada en la vía Alóag-Santo Domingo.
Investigación y hallazgos clave
De acuerdo con las indagaciones fiscales, los sospechosos habrían inmovilizado a la víctima con el objetivo de sustraer el vehículo.
Durante el traslado, se presume que el afectado se resistió al robo, lo que habría derivado en su muerte.
Posteriormente, el cuerpo fue abandonado en una zona de difícil acceso, mientras los implicados continuaron su desplazamiento.
Las investigaciones también establecen que los procesados se trasladaron en la camioneta hacia el cantón Buena Fe, en la provincia de Los Ríos.
En ese lugar, el vehículo habría sido ocultado en un taller mecánico. La ubicación del automotor se logró tras alertas ciudadanas que permitieron a la Policía identificar el sitio y ejecutar un operativo.
Proceso judicial
Durante la audiencia por desaparición involuntaria con resultado de muerte, Fiscalía presentó varios elementos de convicción.
Entre ellos constan la denuncia de desaparición, el informe policial, versiones de los agentes, el análisis de trazabilidad del vehículo y la autopsia médico-legal practicada al cuerpo de la víctima.
Al finalizar la diligencia, el juez acogió el pedido fiscal y ordenó prisión preventiva para los procesados. Asimismo, dispuso el inicio de la instrucción fiscal por un plazo de 90 días y dictó medidas de protección a favor de los familiares del joven.
Marco legal del delito
El delito de desaparición involuntaria está tipificado en el artículo 163.1 del Código Orgánico Integral Penal, que contempla penas de siete a diez años de prisión.
Sin embargo, cuando este delito deriva en la muerte de la víctima, la sanción se incrementa a un rango de entre veintidós y veintiséis años de privación de libertad.