La Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) para la Sostenibilidad y Eficiencia del Gasto de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) entró en vigencia este lunes 23 de febrero. Esto, tras su publicación en el Sexto Suplemento Nº 229 del Registro Oficial.

Aprobada por el Pleno de la Asamblea Nacional el 20 de febrero y sancionada por el presidente Daniel Noboa Azín, la normativa impone reglas fiscales obligatorias a prefecturas y municipios para garantizar la racionalidad del gasto público. Priorizando la inversión en infraestructura y servicios básicos sobre el gasto corriente.

La reforma establece que los GAD provinciales y municipales deben destinar al menos el 65% de su presupuesto anual codificado de egresos no financieros a gasto no permanente en 2026, incrementándose al 70% para 2028. Estos recursos se orientarán a inversión, mantenimiento y reposición de activos públicos vinculados a la prestación de servicios. Se excluye la partida presupuestaria 71, utilizada para contratar personal en obras o proyectos, del cómputo como inversión.

Reacciones y demandas contra la nueva ley

En respuesta, el concejal de Quito, Andrés Campaña, presentó la primera demanda de inconstitucionalidad ante la Corte Constitucional este lunes 23 de febrero. Otras autoridades y organizaciones, como el alcalde de Quito, Pabel Muñoz; la prefecta de Pichincha, Paola Pabón; la viceprefecta de Imbabura; la bancada de la Revolución Ciudadana; la Unión Nacional de Educadores (UNE) y Pachakutik, anunciaron acciones similares, argumentando que la ley afecta la autonomía financiera de los GAD.

La normativa reforma el artículo 192 del COOTAD, condicionando las transferencias del Presupuesto General del Estado al cumplimiento de la regla fiscal. Los GAD participarán del 21% de ingresos permanentes y 10% de no permanentes, pero solo si destinan el porcentaje mínimo a inversión. En caso de incumplimiento, las transferencias no excederán límites constitucionales. El cumplimiento será verificable en todas las fases presupuestarias: formulación, asignación, reformas, devengado y ejecución.

Objetivos y contexto fiscal de la reforma

El objetivo del Legislativo es frenar el crecimiento del gasto corriente en GAD y asegurar una mayor asignación a obra pública y servicios básicos, bajo criterios de sostenibilidad fiscal y planificación.

Alcaldes y juntas parroquiales sostienen que la reforma limita su capacidad para gestionar recursos locales, lo que podría derivar en más demandas ante la Corte Constitucional en los próximos días.