Elecciones. Quiénes están obligados a sufragar y quiénes no, este domingo 9 de febrero del 2025
Las personas que no sufraguen este domingo 9 de febrero del 2025 deberán pagar 47 dólares de multa económica.
Para los procesos de elecciones en el Ecuador el voto es obligatorio para personas de entre 18 y 65 años de edad. Quienes no lo hagan se expondrán a varias sanciones. Una de ellas es la económica y para ello se cobra el 10 % de un Sueldo Básico Unificado (SBU); es decir 47 dólares.
Solo tendrán justificación quienes tengan problemas de salud que les impida llegar a ejercer el voto. Para ello, la persona debe contar con un certificado del Ministerio de Salud Pública (MSP) o del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).
Las personas que se encuentran fuera del país tampoco serán sujetos a multa, pero deben certificar y comprobar el viaje. Este domingo 9 de febrero del 2025 se desarrollarán las Elecciones Generales 2025. Allí se elegirá a un binomio presidencial, de entre 16 candidatos. También se elegirá a asambleístas provinciales y nacionales. A ellos se suman los parlamentarios andinos.
El voto de este domingo en cambio será facultativo, es decir, no será obligatorio para las personas entre 16 y 17 años 11 meses de edad. Tampoco están obligados los mayores de 65 años, quienes residan en el exterior, integrantes de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional, y las personas con discapacidad.
Es importante destacar que si una persona no puede ejercer el voto en su mesa respectiva y se presenta en la que no le corresponde, a pesar de obtener un certificado, no será exonerado de la multa de $47 equivalente al 10% de un salario.
La jornada de este domingo 9 de febrero inicia a las 07h00
Todo justificativo debe ser sustentado después de la elección con la prueba que lo sustente. De acuerdo al inciso dos del artículo 11 del Código de la Democracia, o Ley Electoral, hay 5 grupos de personas que no están obligados a ejercer el voto, es decir es facultativo.
Entre ellos están los adolescentes de 16 años hasta un día antes de cumplir los 18 años. Sin embargo, hay quienes desean expresar su derecho al sufragio, llamados por la curiosidad o porque han analizado alguna propuesta.
Las personas con discapacidad tampoco están obligadas a sufragar pero el Consejo Nacional Electoral (CNE) no los excluye del padrón y pueden acceder al derecho. Este domingo 9 de febrero del 2025 todas las juntas receptoras del voto estarán totalmente habilitadas, informó el CNE.
José Hipólito Moreira