El Ministerio del Trabajo explicó el mecanismo de pago de horas extras bajo el nuevo acuerdo ministerial publicado el 10 de marzo en el Registro Oficial. Este permite distribuir las 40 horas semanales en jornadas de hasta 10 horas diarias.
El ministro Harold Burbano detalló que todo excedente de las 40 horas semanales se pagará con los recargos establecidos en el Código del Trabajo, sin que la reforma aumente la jornada total ni permita imposiciones unilaterales.
El funcionario insistió en que la reorganización requiere acuerdo expreso entre empleador y trabajador, plasmado en el contrato o en una adenda. "Ningún empleador puede imponer la jornada, y en esa lógica, tiene que haber una negociación y un documento que la avale", afirmó Burbano al medio Ecuavisa. Las relaciones laborales existentes no pueden extinguirse para crear una nueva con el mismo empleador.
Me alegra que la ciudadanía y los medios de comunicación se preocupen por los cambios necesarios en materia laboral que necesita el país para adecuarnos a la realidad, modernizarnos y garantizar derechos.
— Harold Burbano (@haburbano) March 12, 2026
Somos autoridades de puertas abiertas. La gestión del gobierno del...
Recargos por horas suplementarias
Las horas suplementarias son las realizadas fuera de la jornada regular de lunes a viernes. Se pagan con un 50 % adicional sobre el valor de la hora ordinaria si ocurren antes de la medianoche. Entre las 00h00 y las 6h00 el recargo asciende al 100 %. El límite es de cuatro horas suplementarias diarias y doce semanales.
Burbano ejemplificó: si una jornada va de 09h00 a 21h00, las dos horas nocturnas (19h00-21h00) deberán pagarse con el recargo nocturno del 25 % adicional sobre el sueldo regular, más el suplementario correspondiente si superan las 40 horas semanales.
"Si es que tú tienes una jornada laboral de 09:00 a las 21:00, ya se pasan las dos horas a hora nocturna; es decir, de 19h00 a 21h00. Esas dos horas tendrán claramente que pagarse en el recargo",
Harold Burbano, ministro de Trabajo.
Horas extraordinarias y nocturnas
Las horas extraordinarias, ejecutadas en fines de semana, días de descanso obligatorio o feriados, se remuneran con un 100 % de recargo sobre la hora ordinaria, independientemente de que estén dentro de las 40 horas totales semanales. El acuerdo también establece que la jornada nocturna entre las 19h00 y las 06h00 genera un 25 % adicional sobre la remuneración regular.
El objetivo declarado por el Ministerio es mejorar la calidad del tiempo libre de los trabajadores para actividades personales o empleos complementarios, manteniendo invariables las 40 horas semanales. El acuerdo entró en vigencia inmediata tras su publicación.
Próximas reformas laborales anunciadas
Burbano adelantó que el Gobierno prepara dos nuevos acuerdos ministeriales. El primero regularizará la vida jurídica de los sindicatos, iniciativa solicitada por las organizaciones de trabajadores. "Desde hace ya tres semanas venimos trabajando en mesas nacionales para construir esta norma", indicó.
La segunda reforma modificará el procedimiento del visto bueno para terminar relaciones laborales. Según el ministro, el actual sistema es lento, genera múltiples recursos y crea incertidumbre en el pago de indemnizaciones tanto para trabajadores como para empleadores. Ambas propuestas se elaboran de manera concertada con empleadores y trabajadores.