Con 139 votos a favor y una abstención, el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó este 7 de julio de 2026, en segundo debate, la Ley Orgánica de Extradición.
La normativa regula el procedimiento para entregar a personas requeridas por otros países, incluidos ciudadanos ecuatorianos bajo las condiciones fijadas en la Constitución y los tratados internacionales. El proyecto pasa ahora al Ejecutivo para su sanción u objeción.
La nueva normativa define el procedimiento
La ley establece que la presidencia de la Corte Nacional de Justicia será la autoridad encargada de calificar, tramitar y resolver las solicitudes de extradición mediante resoluciones motivadas.
Además, todos los pedidos deberán gestionarse a través del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, que actuará como canal oficial entre Ecuador y el Estado solicitante.
Durante la presentación del informe para segundo debate, la presidenta de la Comisión de Justicia, Rosa Torres, explicó que la normativa busca establecer un procedimiento claro para este mecanismo. "El presidente de la Corte Nacional de Justicia determinará la procedencia de cada solicitud mediante informes motivados", indicó.
También señaló que el presidente de la República deberá fundamentar la decisión de aceptar o negar una extradición, "con el objetivo de garantizar mayor transparencia".
Condiciones y límites para la extradición
Entre los principales cambios consta la posibilidad de extraditar a ciudadanos ecuatorianos, siempre que se cumplan los requisitos previstos en la Constitución y en los tratados internacionales vigentes.
La ley también dispone que el delito por el que se solicita la extradición debe estar tipificado en ambos países y sancionado con una pena privativa de libertad de al menos un año.
Asimismo, la normativa prohíbe la extradición por hechos ocurridos antes del 9 de mayo de 2024, fecha en la que se publicaron los resultados oficiales de la consulta popular que modificó la Constitución para permitir la extradición de ecuatorianos.
También impide la entrega cuando se trate de delitos políticos o cuando exista riesgo de que la persona enfrente pena de muerte, tortura u otros tratos prohibidos por los compromisos internacionales asumidos por Ecuador.
Antecedentes de la reforma
Hasta la reforma constitucional aprobada en la consulta popular y referéndum del 21 de abril de 2024, la Constitución ecuatoriana prohibía la extradición de ciudadanos nacionales.
Tras el pronunciamiento favorable de la ciudadanía, la modificación entró en vigencia con la publicación de los resultados oficiales el 9 de mayo de ese año, lo que hizo necesaria una ley que regulara el procedimiento.
Con la aprobación en la Asamblea, la ley queda a la espera del pronunciamiento del Ejecutivo para completar el proceso de formación normativa.