En plena temporada de cobro de impuestos prediales y tasas municipales, la vocera del Consejo Nacional para la Igualdad Generacional, Tamara Briones Rivera, recuerda que las personas adultas mayores pueden acceder a la exoneración del impuesto predial, si cumplen los requisitos del artículo 14 de la Ley Orgánica de Personas Adultas Mayores. Durante entrevista en Manavisión Plus, explica qué cubre el beneficio, por qué existen confusiones con las tasas, qué hacer si el descuento no aparece y cuáles son las rutas de reclamo disponibles.
-¿Cómo se está manejando el beneficio de la exoneración del impuesto predial para los adultos mayores en los municipios del país?
Bueno, nosotros, siempre al inicio del año, hacemos una campaña recordando tanto a los gobiernos autónomos descentralizados como a las personas adultas mayores que son beneficiarias de lo que establece el artículo 14 de la Ley Orgánica de Personas Adultas Mayores. La norma dispone que, si una persona mayor de 65 años recibe ingresos de hasta cinco salarios mínimos (en este momento, 2.410 dólares) y su patrimonio no excede los 500 salarios mínimos (es decir, 241.100 dólares), es beneficiaria de una exoneración completa del impuesto predial.
-Ustedes han levantado informes de observancia. ¿Qué evidenciaron en Manabí?
Nosotros llevamos unos cuatro años levantando un informe de observancia desde el 2021. Ahí se evidenció que, en ese momento, por ejemplo, en la provincia de Manabí, solo siete GAD enviaron la información que le permitía al Consejo ubicar si estaban cumpliendo el mandato legal y si los adultos mayores estaban siendo beneficiarios.
Complementariamente se levantó una encuesta dirigida a las personas adultas mayores. Algo así como el 53% nos indicó que ellos no estaban haciendo uso de este beneficio. Por eso, el informe estableció recomendaciones a los GAD: que adecúen procedimientos y sistemas para cumplir el mandato legal, y a los adultos mayores, que sepan que tienen este derecho.
-¿Por qué es clave insistir en la aplicación del beneficio, que es automático?
Porque este mandato es importante: en la provincia de Manabí son 153.580 personas mayores de 65 años, según el Censo 2023, y hay una proyección de que alrededor del 45% estaría en extrema pobreza. Entonces, este beneficio es realmente conveniente que sea aplicado.
-En la práctica, ¿qué es lo que más confunde a las personas cuando revisan lo que deben pagar?
Hay confusiones que no permiten que los adultos mayores comprendan bien qué parte se descontó y qué no. El artículo 14 establece impuestos municipales, por tanto, el beneficio aplica al impuesto predial, no necesariamente a las tasas. Por eso pedimos que haya una campaña comunicacional que explique cómo se calcula, qué entra en el mandato legal y qué no.
Hay barreras informáticas: el cruce de bases de datos. Por ejemplo, una persona acaba de cumplir 65 años y todavía no aparece actualizada en la base del municipio. También hay casos de propiedades con más de un dueño, y eso genera confusiones.
-¿Las tasas pueden tener descuentos, o eso ya depende de cada municipio?
Las tasas pueden, a voluntad del GAD, y también por exigencia de la población adulta mayor, llegar a acuerdos. Por ejemplo, en Manta se va a cobrar el 50% de las tasas a los adultos mayores, no el 100%. Eso depende de cómo el gobierno autónomo descentralizado se sensibiliza. Pero el impuesto predial sí está siendo descontado en el marco del beneficio.
-De los 153.580 adultos mayores en Manabí, ¿qué porcentaje accede a la exoneración del impuesto predial?
A nivel provincial no tenemos un dato; tenemos la proyección de que el 45% estaría en extrema pobreza, pero ¿cuántos están cubriendo exactamente el beneficio? No lo sabemos. Sería importante solicitar que, para el siguiente año, los GAD presenten un informe indicando, por cantón, cuántas personas adultas mayores aplicaron a este beneficio.
-¿Hay municipios que no estén cumpliendo la exoneración? ¿Existe sanción o llamado de atención?
No, todos están cumpliendo. Lo que hay todavía es desinformación. A veces a la gente le llega un valor y se queja diciendo que no le han descontado, y ahí viene el cálculo: qué es impuesto (aplica exoneración) y qué son tasas (no aplica, o aplica parcialmente). También, cuando el patrimonio excede el umbral, se calcula el impuesto predial solo sobre la fracción que está por encima del monto que estableció la ley, y eso genera confusión.
-Si un adulto mayor no está conforme con el valor, ¿qué puede hacer?
Hay un mecanismo de reclamo. Si una persona adulta mayor se siente inconforme con el valor del impuesto predial, puede presentar el reclamo y el municipio revisa. La persona recibe información pormenorizada y, si hubo cálculo erróneo, realizan el ajuste y hacen la devolución a través de una nota de crédito.
-Además del reclamo ante el municipio, ¿qué otras vías existen para denunciar o exigir el beneficio?
Hay varios caminos. Uno es la Defensoría del Pueblo, donde se puede presentar una queja para que verifiquen qué ocurrió y presionen al GAD para corregir. Otra vía son las Juntas Cantonales de Protección de Derechos, donde también pueden presentar el reclamo para que dispongan al municipio el cálculo correcto. Y si no hay respuesta favorable tras agotar estas instancias, queda la vía judicial.
-¿Qué rol juega la Contraloría en este tema?
Los informes de observancia, una vez concluidos y devueltos a los GAD con observaciones y recomendaciones, se entregan a la Contraloría General del Estado para que, cuando realice una auditoría, observe si el GAD municipal corrigió las debilidades evidenciadas.
-¿Cómo evitar abusos cuando los adultos mayores se apoyan en terceros para trámites, o en este caso, para pagar impuestos?
Por eso la campaña de difusión: que las personas adultas mayores sepan que es un beneficio directo. Mientras más información se entregue, menos posibilidades hay de que se utilice indebidamente. Se remiten videos informativos a organizaciones de adultos mayores, jubilados, clubes, comités, y también a medios para ampliar la difusión.
-¿Con qué frecuencia llegan quejas formales?
Todos los años recibimos alertas de organizaciones de personas adultas mayores. Por ejemplo, este año el Observatorio de Derechos de las Personas Adultas Mayores nos hizo llegar quejas sobre cálculo o no aplicación. En general, cada año son menos las personas que se quejan. Y no hemos conocido casos en que un reclamo válido no se haya resuelto: cuando corresponde, emiten la nota de crédito.
-¿Qué parte del proceso sigue siendo engorrosa para el adulto mayor?
Presentar el reclamo, regresar luego, y además que muchas respuestas se remiten por correo electrónico. Los adultos mayores no siempre revisan su correo permanentemente, entonces tienen que asistir varias veces al municipio.
-En su experiencia, ¿cuál es el principal desafío para la población adulta mayor en el país?
Dejar atrás la falta de contacto y manejo de redes sociales e Internet. Para instituciones es sencillo comunicar por redes, correo o WhatsApp. Para los adultos mayores, esa información no necesariamente llega. Es un desafío pensar campañas que lleguen a áreas rurales y a adultos mayores que están solos o sin red familiar.