La jornada laboral de 40 horas a la semana no se aumenta con la emisión del Acuerdo Ministerial 059 publicado este martes en el Registro Oficial. El documento establece la posibilidad de redistribuir esas 40 horas. Harold Burbano, ministro del Trabajo, hizo esta explicación luego que el acuerdo se enviara al Registro Oficial para que entrara en vigencia hoy mismo.
El Acuerdo Ministerial 059 regula el procedimiento para la distribución de la jornada laboral semanal y para la autorización de turnos u horarios especiales de trabajo. Su publicación consta en el Cuarto Suplemento 240 del Registro Oficial. Contiene cuatro capítulos, 11 artículos, así como cinco disposiciones generales, una transitoria y una derogatoria para la aplicación inmediata nacional.
Estructura técnica de la jornada laboral
Según el secretario de Estado, el acuerdo ministerial promueve más opciones para los trabajadores, cero imposiciones y garantiza los derechos en todo el territorio nacional.
Con el cambio en lo que respecta a las 40 horas y que se establece en el tercer capítulo, el ministro Burbano señala un punto: los siete días de la semana se pueden redistribuir como más le "convenga" al trabajador ecuatoriano.
En un ejemplo de un turno de lunes a viernes, explica que las ocho horas del viernes las puede laborar en cuatro días cumplidos íntegramente. Estos turnos de diez horas permiten tener tres días libres. Con esto la idea es que pueda servir y le dé "más tiempo" a la familia o que emprenda negocios.
Límites legales de la jornada laboral
Asimismo, explica que no se puede trabajar más de diez horas diarias y que todo debe ocurrir por mutuo acuerdo entre el colaborador y empleador.
"Tienes que hablar con tu empleador, comentar de la necesidad y posteriormente ambas partes firman un acuerdo, debe estar registrado en el Ministerio del Trabajo", subraya. El pacto garantiza la transparencia absoluta en la nueva jornada laboral del sector privado.
En el caso de trabajar más de las 40 horas, el secretario de Estado recuerda que el empleador debe pagar las horas extras correspondientes legalmente. También aplican las suplementarias como establece la ley. "Se mantienen los recargos de horas extras y si trabajas de noche, también el recargo nocturno", señala el funcionario ministerial en su intervención pública hoy.
Sectores específicos y jornada laboral
En el segundo capítulo se trata sobre los turnos y horarios especiales, mientras tanto en el cuarto sobre el control de la autoridad del trabajo. En tanto que en las disposiciones generales, en la tercera se dispone que los tecnólogos médicos podrán trabajar seis horas diarias expuestos a radiaciones constantes. Ellos realizarán un máximo de treinta horas semanales en sus centros médicos especializados estatales.
Los radiólogos cumplirán dos horas diarias en asuntos administrativos inherentes a sus funciones para completar su jornada máxima de ocho horas diarias y 40 semanales. La sumatoria entre estas dos actividades permite cumplir el horario legal.
En la cuarta se refiere al tiempo de descanso y alternancia obligatoria para los conductores profesionales de transporte terrestre nacional hoy.
Para los choferes, la jornada laboral no debe superar las 12 horas diarias para evitar accidentes de tránsito por fatiga en las vías del país.
Vigencia y control de la jornada laboral
El Acuerdo Ministerial 059 data del 27 de febrero de 2026 y entra en vigencia hoy tras su publicación en el Registro Oficial ecuatoriano. El Ministerio del Trabajo supervisará que ninguna empresa privada abuse de estas nuevas disposiciones legales de forma unilateral o arbitraria.
? Ver / Descargar Acuerdo Ministerial MDT-2026-059

