El CNE remite a la Corte Constitucional la propuesta de asamblea constituyente de Daniel Noboa

El Consejo Nacional Electoral envió a la Corte Constitucional la propuesta del presidente Noboa para convocar a una asamblea constituyente, en sesión del 20 de septiembre.
CNE decide enviar a la Corte Constitucional el nuevo decreto sobre consulta popular
CNE decide enviar a la Corte Constitucional el nuevo decreto sobre consulta popular
CNE decide enviar a la Corte Constitucional el nuevo decreto sobre consulta popular
CNE decide enviar a la Corte Constitucional el nuevo decreto sobre consulta popular

Redacción

Redacción ED.

El Consejo Nacional Electoral (CNE) de Ecuador decidió, este sábado 20 de septiembre de 2025, remitir a la Corte Constitucional (CC) la nueva propuesta del presidente Daniel Noboa. Esto es para convocar a una asamblea constituyente. Se busca que se emita un dictamen previo sobre su constitucionalidad antes de continuar con el proceso electoral.

CNE adopta decisión de manera unánime

En la sesión ordinaria número 056, que se reinstaló la tarde del sábado 20 de septiembre, el pleno del CNE adoptó la decisión. Lo hicieron de manera unánime con cuatro votos a favor de sus miembros: Diana Atamaint, presidenta; Enrique Pita, vicepresidente; Elena Nájera y José Merino. El acuerdo establece que la Corte Constitucional debe emitir un pronunciamiento previo sobre la legalidad del decreto ejecutivo presentado por el presidente Noboa para convocar a una consulta popular sobre la instalación de una asamblea constituyente.

El presidente Noboa firmó el Decreto Ejecutivo n.º 153, derogando el anterior decreto 148. Esto ocurrió luego de que la Corte Constitucional suspendiera provisionalmente los efectos de dicho decreto por contener la misma pregunta para la consulta. Esta suspensión había provocado que el Consejo Nacional Electoral se abstuviera de tramitar la consulta, en cumplimiento con el fallo de la Corte.

Remisión a la Corte Constitucional

La propuesta para enviar el decreto 153 a la Corte Constitucional fue planteada por la presidenta del CNE, Diana Atamaint. Basándose en el artículo 2 del nuevo decreto, que establece que el CNE debe continuar con el proceso electoral. Además, Enrique Pita recordó el artículo 443 de la Constitución. Este otorga a la Corte Constitucional la función de ejercer el control previo de constitucionalidad de las iniciativas de consulta popular.

Por su parte, Elena Nájera manifestó que antes de que el CNE pueda avanzar con el trámite, se requiere un dictamen de constitucionalidad de la Corte Constitucional. Esto refuerza la necesidad de la remisión para garantizar el cumplimiento legal.

Inicialmente, la presidenta del CNE propuso un plazo de 24 horas para que la Corte emitiera el dictamen. Sin embargo, la moción fue ajustada para solicitar un pronunciamiento rápido que respete el principio de celeridad. Esto fue tras las observaciones presentadas por los consejeros Pita y Nájera.

Contexto y antecedentes

La convocatoria a una asamblea constituyente ha sido uno de los temas políticos más relevantes en Ecuador durante 2025. El presidente Daniel Noboa ha impulsado esta medida con el fin de reformar la Constitución vigente y atender demandas sociales y políticas. Sin embargo, el proceso ha enfrentado desafíos legales. Esto ha obligado a que las iniciativas sean revisadas por la Corte Constitucional, que vela por el respeto a los procedimientos establecidos en la normativa nacional.

El Consejo Nacional Electoral, como órgano rector de los procesos electorales y consultas populares en Ecuador, tiene la responsabilidad de garantizar que cualquier iniciativa cumpla con los requisitos legales antes de convocar a la ciudadanía a votar.

El fallo inicial de la Corte Constitucional que suspendió el decreto 148 motivó la elaboración del nuevo decreto 153. Este busca sortear los obstáculos legales para que la consulta popular pueda realizarse. La decisión del CNE de remitir este nuevo decreto a la Corte Constitucional es un paso clave. Esto definirá el futuro del proceso electoral relacionado con la asamblea constituyente.

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