Publicada en el Registro Oficial el 2 de marzo, la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de los Sectores Estratégicos de Minería y Energía entra en vigor tras sanción presidencial de Daniel Noboa el 28 de febrero, sin objeciones.
Aprobada en la Asamblea Nacional el 26 de febrero con 77 votos del bloque oficialista Acción Democrática Nacional (ADN) y aliados, la normativa regula eficientemente estos sectores para generar ingresos fiscales, divisas y apoyar la sostenibilidad fiscal y macroeconómica.
Tramitada urgentemente, excluye el artículo 29 sobre reducción de regalías en la Amazonía, preservando fondos para la Circunscripción Territorial Especial Amazónica. Compuesta de 28 artículos, dos disposiciones generales y una transitoria, la ley reforma normativas existentes en minería y energía, priorizando rectoría estatal y atracción de inversiones.
Iniciamos una nueva fase contra el narcoterrorismo y la minería ilegal.
— Daniel Noboa Azin (@DanielNoboaOk) March 2, 2026
En el mes de marzo haremos operaciones conjuntas con nuestros aliados de la región, incluidos los Estados Unidos. La seguridad de los ecuatorianos es nuestra prioridad y lucharemos por obtener la paz en cada...
Cambios específicos en minería
La reforma al artículo 26 de la Ley de Minería obliga actos administrativos previos del Ministerio de Ambiente y Energía y la autoridad del agua. Establece patentes de conservación anuales en marzo sin extensiones, y regalías del 3% al 8% sobre ventas, con 60% destinado a GAD para proyectos sociales.
Divide concesiones en exploración y explotación, incluyendo minerales de valor económico. En Galápagos, limita permisos a materiales de construcción en zonas sustentables fuera del Parque Nacional, enfatizando economía circular y optimización de recursos.
Innovaciones en el sector energético
Redefine generación distribuida y crea Distritos Autónomos Energéticos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica. Permite delegaciones privadas excepcionales por hasta 40 años en déficits o emergencias, reformando el artículo 25 para asegurar servicio continuo bajo supervisión estatal.
Artículos 18 y 21 facilitan financiamiento internacional mediante derechos reales en títulos habilitantes, fideicomisos y pignoración. Regula autogeneración industrial, permitiendo excedentes en la red con prioridad a renovables no convencionales menores a 10 MW basados en costos variables.
Observancia de consultas y transitorias
La disposición general segunda exige aplicación en concordancia con consultas populares y referéndums que impongan restricciones mineras, honrando la voluntad ciudadana. La transitoria excluye contratos previos de cambios en plazos de concesiones.
Incluye promoción de inversión, grupos mineros y protección estratégica, ante temores ambientalistas por permisos reducidos o militarización, tras un proceso legislativo iniciado el 28 de enero.