La justicia ratificó la condena para dos mujeres en Machachi, declaradas culpables de estafa tras vender un camión que no podían legalmente transferir, lo que resultó en una severa sentencia de prisión y la obligación de reparar económicamente a la víctima.
María Isabel V.V., y su hija, María Martha C.V., deberán cumplir nueve años y cuatro meses de prisión, según la decisión firme de la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha. Además, las sentenciadas están obligadas a pagar una multa de veinte salarios básicos unificados y entregar 15,000 dólares como reparación a la víctima, Luis S.
El origen del caso: la supuesta venta de un camión
El caso se remonta al 30 de agosto de 2022, cuando ambas mujeres publicaron en redes sociales un anuncio ofreciendo un camión en venta. La víctima, dedicada al transporte de ladrillos, viajó hasta Machachi para negociar directamente con las ofertantes.
En la negociación, ambas aseguraron que el vehículo estaba libre de gravámenes. Tras acordar el precio, Luis S., entregó 3.500 dólares en efectivo en una notaría, donde también se firmaron los documentos de la compraventa, y transfirió 14.000 dólares adicionales a la cuenta de María Martha CV.
Una transacción marcada por el ocultamiento
Pese a las garantías dadas, se descubrió que el camión tenía inscrita una prenda industrial en una notaría de Ambato desde febrero de 2020. El vehículo era garantía de un crédito de 18.000 dólares a nombre de María Isabel V.V., en una cooperativa local, el cual acumulaba ya veintitrés cuotas impagas.
Como consecuencia de esta deuda, se inició un juicio ejecutivo y el camión no podía ser vendido legalmente. La situación salió a la luz seis semanas después de la operación, cuando Luis S., fue detenido por autoridades al circular por el peaje de Machachi. Los agentes le informaron que el vehículo estaba implicado en una deuda de 16.500 dólares resultante del proceso judicial.
Fundamentos de la condena y agravantes
Durante la audiencia de apelación, el Fiscal subrayó ante la Corte que hubo simulación de hechos falsos y ocultamiento de información relevante, enganchando así al comprador en un error que le provocó una pérdida patrimonial significativa. Las pruebas y testimonios expuestos en la audiencia respaldaron esta conclusión.
La pena impuesta corresponde al máximo previsto en el artículo 186 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), es decir, siete años de prisión. El tribunal aumentó la condena en dos años y cuatro meses adicionales, apoyado en el artículo 47 numeral 5, ya que el delito se cometió con la intervención de más de una persona.
- La sentencia incluye nueve años y cuatro meses de prisión para cada procesada.
- Ambas deberán pagar veinte salarios básicos unificados como multa.
- La reparación económica a favor de la víctima asciende a 15,000 dólares.
La Fiscalía argumentó que las sentenciadas indujeron deliberadamente en error a la víctima, mediante la distorsión de la realidad y el ocultamiento del estado legal del camión. Los jueces consideraron que estas actuaciones configuran plenamente el delito de estafa, con agravantes por la participación conjunta en el ilícito.
La ejecución de la sentencia constituye un mensaje sobre la importancia de la transparencia y la relevancia de verificar la legalidad en las transacciones comerciales, especialmente en la venta de vehículos usados.