La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS) emitió una alerta pública nacional tras detectar, mediante sus procesos periódicos de control posterior, que 354 compañías constituidas como sociedades mercantiles incluyen de manera irregular la prestación de servicios de educación de tercer nivel dentro de su objeto social. La entidad reguladora recordó que estas firmas comerciales carecen de la competencia jurídica y académica para ofertar carreras universitarias, tecnológicos o programas de pregrado en el país.
El hallazgo encendió las alarmas de los organismos de control técnico, debido al riesgo financiero y educativo que representa para los ciudadanos que buscan profesionalizarse. De acuerdo con las autoridades societarias, la inclusión de estas actividades en los estatutos de empresas mercantiles (cuyo fin es comercial y de lucro) contradice las disposiciones expresas que rigen al sistema de educación superior ecuatoriano, exponiendo a los usuarios a estafas o a la obtención de títulos sin validez oficial.
El impedimento legal que rige para las empresas comerciales
La exclusividad para la formación profesional está estrictamente regulada en el país. Conforme a lo determinado por la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), la educación de tercer nivel solo puede ser dictada y certificada por las siguientes instituciones:
- Universidades públicas y particulares.
- Escuelas politécnicas.
- Institutos superiores técnicos y tecnológicos.
- Conservatorios superiores.
Parámetro clave de la LOES: La normativa establece que todas estas entidades deben operar bajo la condición de ser organizaciones sin fines de lucro y contar con la aprobación y acreditación obligatoria del Consejo de Educación Superior (CES). Debido a que las sociedades mercantiles vigiladas por la SCVS poseen una naturaleza jurídica lucrativa, se encuentran legalmente inhabilitadas para ejercer cualquier actividad docente de este nivel.
Acciones administrativas y un plazo de 30 días para corregir
Ante la confirmación de estas inconsistencias estatutarias, la Superintendencia de Compañías procedió a notificar formalmente a los representantes legales de las 354 empresas involucradas. El organismo de control otorgó un plazo perentorio de 30 días contados a partir de la notificación para que ejecuten las reformas pertinentes a su objeto social, eliminando cualquier mención a la oferta de carreras o títulos de tercer nivel.
En caso de que las compañías incumplan con esta disposición técnica dentro del tiempo establecido, la SCVS advirtió que aplicará de inmediato las medidas administrativas correspondientes, las cuales pueden incluir la intervención, la imposición de multas económicas o el inicio de procesos de disolución y liquidación forzosa, según lo estipulado en la Ley de Compañías vigente.
Guía de servicio: ¿Cómo evitar caer en ofertas académicas falsas?
Para evitar que los estudiantes y sus familias inviertan recursos económicos en programas que no cuentan con reconocimiento oficial, la Superintendencia y los organismos de educación recomiendan seguir un protocolo básico de verificación antes de proceder con cualquier matrícula o pago de pensiones:
- Consultar el Sniese: Los usuarios tienen a su disposición el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior (Sniese), una plataforma digital oficial administrada por la Senescyt, donde se puede constatar la lista actualizada de universidades e institutos legalmente acreditados en el Ecuador.
- Revisar los canales del CES: El Consejo de Educación Superior mantiene un registro público de los programas de tercer y cuarto nivel autorizados vigentes. Si la institución que ofrece el servicio no consta en estos portales, sus títulos no podrán ser registrados de forma legal.
- Desconfiar de las ofertas exprés: Las empresas mercantiles suelen promocionar "carreras" o "licenciaturas" bajo modalidades no tradicionales o plazos excesivamente cortos utilizando figuras comerciales engañosas que carecen del respaldo técnico de los entes rectores de la educación.