El juez Marco Albán Núñez, de la Unidad Civil de Quitumbe en Quito, negó este jueves 5 de marzo la acción de protección interpuesta por el Comité Olímpico Ecuatoriano (COE) para obligar al Ministerio de Educación, Deporte y Cultura a registrar su directiva electa en mayo de 2025, encabezada por Jorge Delgado Panchana como presidente y Jefferson Pérez Quezada como vicepresidente, argumentando que no se vulneraron derechos constitucionales, en medio del conflicto por la aplicación del artículo 151 de la Ley del Deporte sobre reelecciones.

Detalles de la sentencia judicial

La acción de protección fue presentada el pasado lunes 2 de marzo por la directiva del COE, solicitando además disculpas públicas.

El juez dictó sentencia oral negando el pedido, al considerar que no existió vulneración de derechos constitucionales de los directivos.La directiva electa para el período 2025-2029 no ha sido registrada por el Ministerio de Educación, Deporte y Cultura, entidad que alega que proceder con el registro incumpliría el marco legal vigente en el país.

Base legal del conflicto

La Ley del Deporte, en su artículo 151, establece que los directivos podrán optar por la reelección inmediata por una sola vez. Esta sería la primera reelección de Jorge Delgado como presidente del COE.Sin embargo, el viceministro de Deporte, Roberto Ibáñez, ha recalcado que Jorge Delgado ha estado en cinco directorios anteriores, lo que según su interpretación genera impedimento para la reelección inmediata.

Respuesta del COE y apelación

La decisión judicial conocida este jueves 5 de marzo ya fue apelada por el Comité Olímpico Ecuatoriano. La entidad aseguró que los organismos deportivos internacionales se mantienen expectantes y vigilantes de la evolución de este proceso.El COE ha señalado que ha demostrado en instancia administrativa que el oficio 04258 de la Procuraduría General del Estado no constituye norma jurídica vinculante, por lo que no existiría impedimento legal para el registro de la directiva 2025-2029.

Proceso del COE

El conflicto entre el Comité Olímpico Ecuatoriano y el Viceministerio del Deporte se centra en la interpretación del artículo 151 de la Ley del Deporte respecto a límites en la permanencia de directivos.

El COE sostiene que Jorge Delgado y otros cumplen con el requisito de una sola reelección inmediata al mismo cargo.Por su parte, el Viceministerio insiste en que la trayectoria previa de Jorge Delgado en directorios impide la inscripción, para evitar incumplir la normativa.

Organismos como el Comité Olímpico Internacional han ratificado previamente el reconocimiento a la directiva actual en otros pronunciamientos.El proceso judicial continúa en segunda instancia tras la apelación presentada, mientras el registro pendiente afecta la operación formal del COE en el ámbito nacional e internacional.