El Gobierno Nacional del Ecuador oficializó la reducción de la tarifa del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 15 % al 8 % para los servicios turísticos durante el próximo feriado del Día del Trabajo. A través del Decreto Ejecutivo 368, el presidente Daniel Noboa dispuso que esta medida de incentivo económico esté vigente desde el jueves 30 de abril hasta el domingo 3 de mayo de 2026. El objetivo principal de la normativa es dinamizar el consumo interno y fortalecer la competitividad de los establecimientos dedicados al turismo a nivel nacional.
La disposición técnica establece que todos los establecimientos que cuenten con el registro correspondiente y presten servicios definidos en el artículo 5 de la Ley de Turismo deberán ajustar sus sistemas de facturación. Los contribuyentes están obligados a emitir los comprobantes de venta aplicando la tarifa reducida únicamente durante los cuatro días de asueto señalados, asegurando que el beneficio llegue directamente al consumidor final en los diversos destinos del país.
Servicios beneficiados por la tarifa reducida
Dentro del catálogo de actividades que aplicarán el IVA al 8 %, se encuentran principalmente los servicios de alojamiento y hospedaje, así como el sector de alimentos y bebidas. Esto incluye hoteles, hosterías, restaurantes, cafeterías y locales similares que formen parte del catastro turístico oficial. La medida busca aliviar los costos de las familias ecuatorianas que decidan movilizarse hacia las provincias de la Costa, Sierra, Amazonía o la región insular de Galápagos.
Asimismo, la reducción impositiva abarca el ámbito de la transportación turística, incluyendo las modalidades aérea, marítima, fluvial y terrestre, además del alquiler de vehículos. La normativa también extiende el beneficio a las agencias de servicios turísticos, operadoras de eventos, congresos y convenciones, así como a centros de recreación como casinos, salas de juego, hipódromos y parques de atracciones estables, consolidando una oferta integral para los turistas.
Contexto del feriado extendido de cuatro días
Esta estrategia económica se complementa con el Decreto Ejecutivo 354, emitido el pasado 4 de abril, mediante el cual el Ejecutivo dispuso la suspensión de la jornada laboral del jueves 30 de abril. De esta manera, el periodo de descanso obligatorio por el Día del Trabajo se extiende a cuatro días consecutivos, abarcando desde el jueves 30 hasta el domingo 3 de mayo. Esta decisión aplica obligatoriamente para el sector público y es opcional para el sector privado, bajo modalidad de recuperación.
La unificación de estos decretos permite proyectar un impacto positivo en la reactivación productiva de las zonas rurales y urbanas que dependen del flujo de visitantes. Al reducir la carga tributaria en un 7 %, el Gobierno apuesta por un incremento en el volumen de pernoctaciones y un mayor gasto promedio por turista. Las autoridades de control han anunciado que realizarán operativos para verificar que los establecimientos cumplan rigurosamente con la aplicación de la tarifa del 8 % en los servicios facturados durante este periodo.
Importancia para la industria turística nacional
La industria del turismo en Ecuador representa uno de los pilares fundamentales para el ingreso de divisas y la generación de empleo directo e indirecto. Con la aplicación de estas políticas fiscales temporales, se busca mitigar el impacto de la inflación y fomentar que el ciudadano prefiera destinos locales. El Ministerio de Turismo ha recordado que el IVA diferenciado es una herramienta legal que permite al Presidente de la República ajustar la tarifa hasta doce días al año durante los feriados nacionales o locales.