El Consejo de Administración Legislativa (CAL) resolvió suspender por 30 días sin remuneración al asambleísta Andrés Castillo (ADN) luego de analizar una queja presentada por su colega Comps Córdova (RC) por presuntos agravios verbales ocurridos durante una sesión del Pleno de la Asamblea Nacional

La Asamblea trató el tema en el sesión 056 

La decisión se adoptó en la sesión 056 del CAL, tras revisar pruebas y argumentos de ambas partes. 

Según el comunicado oficial de la Asamblea Nacional, los hechos ocurrieron durante la continuación de la Sesión 057 del Pleno, en el marco del debate sobre la Ley de Repetición, el martes 6 de enero. Allí, Andrés Castillo pronunció expresiones que el denunciante consideró denigrantes y atentatorias contra su honra y su representación política. 

El CAL fundamentó la sanción en el artículo 170 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, que tipifica como falta administrativa grave las conductas que alteren el orden del debate o vulneren el debido respeto entre legisladores. Bajo este marco, se dispuso la suspensión por 30 días sin remuneración a Andrés Castillo (ADN).

Procedimiento disciplinario contra Andrés Castillo 

El proceso inició formalmente el 13 de enero de 2026, cuando el CAL admitió a trámite la queja. Las partes fueron notificadas y contaron con 72 horas para presentar pruebas de cargo y descargo. Ambos legisladores pudieron solicitar audiencia ante el Consejo.

El 23 de enero, el CAL avanzó a la fase de actuación de prueba y escuchó los argumentos de Andrés Castillo y Córdova. Tras el análisis, el Consejo ratificó que actuó bajo el principio de debido proceso, garantizando derecho a la defensa y apego a la normativa vigente.

En un pronunciamiento en su cuenta de X, el presidente de la Asamblea Nacional, Niels Olsen, señaló que "las normas existen para todos y el debate democrático debe sostenerse con altura y respeto", mensaje que acompañó la resolución disciplinaria. 

El origen del conflicto en el Pleno

La controversia se remonta al 6 de enero de 2026, cuando Andrés Castillo, durante el debate de la Ley de Repetición, se dirigió a Córdova con frases como: "cuando estás dale y dale al burro, el burro se curte y ya no obedece" y "yo sé que es muy alto hablarle a usted de esto, porque usted no entiende".

Córdova argumentó que estas expresiones constituyeron una humillación pública y un intento de "anular su voz legislativa". Por ello solicitó al CAL la sanción máxima de 30 días sin sueldo a Andrés Castillo.

Tras el incidente, Andrés Castillo ofreció disculpas en el mismo Pleno y afirmó que su intención no fue ofender. Córdova aceptó las disculpas en ese momento, pero sostuvo que no eran suficientes y mantuvo su pedido de sanción. 

Efectos de la suspensión y lo que viene

 Durante los 30 días de suspensión, Andrés Castillo no podrá participar en sesiones del Pleno ni percibir remuneración. Sin embargo, conserva su calidad de asambleísta y podrá reincorporarse una vez cumplido el plazo.

El CAL no anunció medidas adicionales ni investigaciones paralelas. No obstante, reiteró que continuará vigilando el comportamiento de los legisladores para evitar nuevos incidentes que afecten el normal desarrollo del trabajo parlamentario.