Crisis energética: Daniel Noboa denunció a 22 personas entre ellas a la exministra Arrobo



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La crisis energética en el Ecuador va mucho más allá de los apagones programados que afectan a la ciudadanía en general.

Un día después de decretar la emergencia en el sector eléctrico el Presidente Daniel Noboa insiste en la teoría del sabotaje a la infraestructura estatal.

La Presidencia de la República reafirmó esta teoría a través de un comunicado emitido este miércoles 17 de abril del 2024.

En el comunicado, se indica que existirían al menos 22 presuntos “saboteadores”, entre ellos, la exministra de Energía, Andrea Arrobo.

“Una investigación preliminar dio indicios de que funcionarios de alto nivel del Estado, incluida la exministra Andrea Arrobo, ocultaron intencionalmente información para el funcionamiento del sistema nacional energético“, señala el Ejecutivo.

La Corporación Eléctrica de Ecuador (Celec) dejó de publicar los niveles de los embalses hace meses.

Extraoficialmente, Celec detalló a Primicias que estaba “cambiando la página web” y que informaría cuando ya esté disponible la información.

El operador estatal de energía Cenace no publica los datos de producción de electricidad diarios por hidroeléctrica desde el 11 de abril de 2024.

Según las primeras indagaciones de la Presidencia, las autoridades de turno no consideraron las alertas del Comité de Crisis Energética.

Crisis energética afecta a todos

Esto habría impedido tomar decisiones oportunas y provocaron los cortes de luz a nivel nacional.

Es decir, el Ejecutivo afirma que la crisis actual obedecería no solo a factores ambientales, como la sequía, sino a “actos inauditos de corrupción y negligencia”.

Por ello, se ha denunciado a los 22 presuntos saboteadores ante la Fiscalía General del Estado (FGE) por la paralización del servicio de energía eléctrica.

La Presidencia de la República informó que esta denuncia es reservada por lo que no se conocen más detalles.

Según el Código Orgánico Integral Penal (COIP), el delito de paralización de un servicio público se configura cuando una persona “impida, entorpezca o paralice” la normal prestación de un servicio público.

Este delito, según lo establecido en el COIP, se sanciona con una pena de uno a tres años de cárcel.



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