El CPCCS aprobó la unificación del proceso de designación con cinco votos del bloque de mayoría. La decisión se tomó durante una sesión virtual extraordinaria realizada la tarde del 9 de marzo de 2026.Votaron a favor Andrés Fantoni, Johanna Verdezoto, David Rosero, Roberto Gilbert y Jazmín Enríquez. En cambio, Nicole Bonifaz y Piedad Cuarán votaron en contra y advirtieron posibles anomalías en el procedimiento.

El organismo resolvió que la designación del vocal principal y del vocal suplente del Consejo de la Judicatura se realizará dentro de un mismo proceso, a partir de la terna enviada por el presidente de la Corte Nacional de Justicia, Marco Rodríguez.

Contexto de la vacante en la Judicatura

La terna se envió para llenar la vacante de Alexandra Villacís, quien era suplente del vocal y presidente del Consejo de la Judicatura. Villacís fue inhabilitada para ocupar cargos públicos tras aparecer un impedimento en el sistema del Ministerio del Trabajo.La terna está integrada por Mercedes Caicedo Aldaz, jueza de la Corte Nacional de Justicia; Óscar Chamorro González, juez de la Corte Provincial de Pichincha; y María Fernanda Morejón Villavicencio, funcionaria de la Dirección Nacional de Registro y Datos Públicos (Dinardap).

De esa misma terna también se elegirá al suplente de Mario Godoy, quien ejercía como vocal y presidente del Consejo de la Judicatura. Mario Godoy renunció a su cargo el 18 de febrero de 2026, pocas horas antes del juicio político que impulsó la Asamblea Nacional, proceso en el que finalmente fue censurado y destituido.

Sin embargo, el Consejo de la Judicatura no solicitó la activación del mecanismo para designar su reemplazo, ni el CPCCS conoció formalmente la renuncia de Godoy durante la sesión del 9 de marzo. A pesar de ese escenario, la mayoría del Consejo aprobó unificar el proceso de selección, decisión sustentada en un informe jurídico presentado durante la sesión.

Reglamento y argumentos de los consejeros

El reglamento vigente establece en el artículo 12 que la designación se activa por "ausencia definitiva de uno o varios vocales principales y/o suplentes". Además, la normativa indica que el Consejo de la Judicatura debe notificar al CPCCS sobre la ausencia definitiva y especificar la fuente a la que corresponde la vacante.

No obstante, los consejeros que respaldaron la decisión señalaron que la medida busca "dar celeridad y eficacia a la designación y completar el cuerpo colegiado" del organismo.

Próximos pasos del proceso

Tras la resolución, los expedientes de los integrantes de la terna serán revisados por un equipo de asesores de los siete consejeros del CPCCS. Ese equipo deberá verificar que los postulantes no tengan inhabilidades o prohibiciones para ejercer cargos públicos dentro del Estado.

Luego de esa revisión, el Consejo avanzará con las etapas del proceso de designación para completar las vacantes dentro del Consejo de la Judicatura. La decisión marca un paso clave en el proceso institucional, ya que permitirá completar la integración del organismo encargado de la administración de la Función Judicial en Ecuador.