Condenan a 13 años de prisión a dos hermanos por abuso sexual a menor con discapacidad, en Sucre

Los hermanos Gabriel V. y Víctor V. fueron condenados a más de 13 años de prisión por abuso sexual a una niña de 12 años con discapacidad, en Charapotó.

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Hermanos abusaron de una niña con discapacidad y pasarán 13 años en prisión
Hermanos abusaron de una niña con discapacidad y pasarán 13 años en prisión

Redacción

Redacción ED.

El Tribunal de Garantías Penales del cantón Sucre, provincia de Manabí, declaró culpables a los hermanos Gabriel V. y Víctor V. por el delito de abuso sexual en contra de una menor de 12 años con discapacidad intelectual. La sentencia, emitida tras el análisis de pruebas presentadas por la Fiscalía General del Estado, impone una pena de trece años y cuatro meses de privación de libertad para cada uno de los acusados.

Hechos probados en audiencia

Según los elementos presentados durante el juicio, el hecho ocurrió el 2 de noviembre de 2024 en la parroquia Charapotó, cantón Sucre. Los procesados, vecinos de la víctima, la engañaron con la promesa de regalarle ropa, llevándola hasta su domicilio, donde cometieron el delito mientras la cambiaban de vestimenta.

La víctima, que tiene un 68 % de discapacidad intelectual, relató lo sucedido a un familiar al día siguiente. Inmediatamente, se presentó una denuncia formal ante la Fiscalía, que coordinó un operativo en flagrancia con la Policía Nacional, logrando la aprehensión de los sospechosos en menos de 24 horas.

Pruebas contra los hermanos

Durante la audiencia de juicio, el Fiscal del caso presentó múltiples elementos de convicción. Entre las pruebas se tomó en cuenta el testimonio anticipado de la víctima, que fue tomado con acompañamiento psicológico especializado. También se presentaron informes de valoración psicológica y médico-legal, cuyos resultados coincidieron con el relato de la menor.

Se tomó el testimonios de familiares directos (abuelo, tía y padres), quienes confirmaron el estado emocional de la víctima tras los hechos. También consta el informe de trabajo social, que detalló la situación de vulnerabilidad de la niña.

Además, como parte de la diligencia se hizo el reconocimiento del lugar de los hechos, realizado por peritos de Criminalística.

Estos elementos fueron suficientes para que el Tribunal determinara la existencia del delito y la responsabilidad penal de los procesados.

Agravantes y fundamentación legal

El delito de abuso sexual está tipificado en el artículo 170 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). De acuerdo con la norma, cuando la víctima es menor de 14 años, se aplica una pena de 7 a 10 años de privación de libertad.

En este caso, el Tribunal consideró varias circunstancias agravantes como la edad de la víctima, su condición de discapacidad intelectual, la relación de cercanía con los agresores y el aprovechamiento de la confianza para facilitar el delito.

Por estas razones, la pena fue agravada en un tercio, conforme a lo establecido en el artículo 47 del mismo código, quedando en 13 años y 4 meses de cárcel para cada uno de los sentenciados.

Sentencia contra los hermanos

La Fiscalía General del Estado destacó la sentencia como un resultado del trabajo técnico, coordinado y oportuno entre sus equipos jurídicos, periciales y policiales. Reafirmó su compromiso con la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, especialmente cuando se trata de víctimas en situación de vulnerabilidad.

La institución exhortó a la ciudadanía a denunciar cualquier hecho de violencia sexual y recordó que estos delitos son de acción pública y no prescriben fácilmente, según reformas vigentes.

Casos de abusos

Casos de abuso sexual contra menores con discapacidad presentan índices elevados de subregistro, debido al temor, la dependencia familiar o la falta de canales accesibles para denunciar. Según datos del Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES), los menores con discapacidad tienen hasta cuatro veces más riesgo de sufrir violencia sexual que otros niños.

Diversas organizaciones de derechos humanos han exigido mayor capacitación a operadores de justicia, protección efectiva a las víctimas y procesos ágiles y reparadores para quienes denuncian estos delitos. (12)

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