La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) felicitó a la Corte Constitucional del Ecuador por una sentencia que autoriza a un adolescente trans cambiar su género en la cédula de identidad sin necesidad de alcanzar los 18 años.

El organismo internacional destacó que el fallo se alinea con los estándares interamericanos en materia de identidad de género, vida privada, dignidad humana, libre desarrollo de la personalidad, interés superior de la niñez y autonomía progresiva.  

Origen del caso ante el Registro Civil  

El caso se originó en 2020, cuando el Registro Civil negó el cambio de género en la cédula del joven trans alegando que no había alcanzado la mayoría de edad, pese a informes psicológicos y el respaldo familiar.

La causa llegó a la Corte Constitucional en 2024. En febrero de 2026, el alto tribunal determinó que no es necesario tener 18 años para realizar el trámite, pero estableció tres requisitos claros.  

Requisitos para el cambio de género  

El pedido debe ser presentado directamente por el adolescente, acompañado por sus representantes legales (padres o tutores) y respaldado por informes psicosociales que acrediten un grado suficiente de madurez para tomar una decisión libre e informada.

El fallo se aprobó de forma ajustada, con cinco votos a favor y cuatro votos salvados que expresaron desacuerdo.  

Llamado de la CIDH y precedente en Ecuador  

La CIDH instó al Estado ecuatoriano a continuar adecuando su marco normativo y sus prácticas para garantizar procedimientos accesibles, expeditos y respetuosos de la dignidad humana en el reconocimiento de la identidad de género.

Esta decisión representa un precedente en el reconocimiento de la identidad de género de personas menores de edad en el país y refuerza el rol de la Corte Constitucional como garante de los estándares interamericanos de derechos humanos.