El Consejo de Administración Legislativa (CAL) está convocado para este jueves 9 de abril de 2026, a las 20h00, con el fin de zanjar la controversia generada por el pedido de reincorporación de Priscila Schettini a la curul n.º 64 de la Asamblea Nacional. La solicitud enfrenta un obstáculo jurídico, según el informe elaborado por la coordinación jurídica del Legislativo, que será conocido en esa sesión.

Priscila Schettini fue electa asambleísta nacional por la bancada Revolución Ciudadana (RC), pero no asumió el cargo porque el 9 de mayo de 2025. El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) suspendió sus derechos políticos por tres años y le impuso una multa de $22.500 tras una denuncia por violencia política de género presentada por la exfiscal general del Estado, Diana Salazar.

Suspensión de derechos y principalización de suplentes en la Asamblea

Tras la sentencia del TCE, Santiago Díaz Asque (RC) se principalizó como asambleísta. Sin embargo, el 29 de julio de 2025 fue suspendido luego de ser detenido y procesado por violación a una menor de edad.

El 18 de diciembre de 2025, el CAL determinó abandono del cargo por parte de Díaz y dispuso la principalización definitiva de la asambleísta Annie Christina Muñoz Aroca, también de Revolución Ciudadana. La razón se dio para que "ejerza plenamente los derechos, atribuciones y responsabilidades inherentes a la dignidad parlamentaria de asambleísta principal durante el tiempo restante del periodo legislativo".

Aunque la sanción de suspensión de derechos políticos de Priscila Schettini fue levantada y se restituyó en principio su habilitación para ejercer funciones públicas. Sin embargo, el informe jurídico señala que este hecho no opera de manera automática ni retroactiva sobre situaciones jurídicas ya consolidadas.

Pronunciamiento vinculante de la Procuraduría General del Estado

El análisis recoge el pronunciamiento vinculante del procurador general del Estado, Juan Carlos Larrea. Él indicó que "cuando se ha producido la principalización permanente o definitiva de una o un asambleísta suplente o alterno, este asume la titularidad del cargo y ejerce plenamente los derechos, deberes, atribuciones, restricciones e incompatibilidades aplicables a las y los asambleístas principales. Es decir, debiendo desempeñar el cargo hasta la terminación del periodo legislativo".

Ante la petición de Priscila Schettini Castillo, el informe sostiene que la existencia de una principalización definitiva posterior genera efectos jurídicos plenos y estables que no pueden ser desconocidos. Por lo tanto, conforme al marco normativo aplicable y al pronunciamiento de la Procuraduría, la habilitación de la curul solicitada no resultaría jurídicamente viable. La asambleísta Annie Muñoz Aroca también ha argumentado que su principalización definitiva ha generado a su favor una posición jurídica consolidada.

Consecuencias de la principalización definitiva en la curul 64

El pronunciamiento de la Procuraduría General del Estado tiene carácter vinculante y establece que la principalización definitiva implica el ejercicio íntegro del cargo durante todo el periodo legislativo. En consecuencia, ante la solicitud formulada por Priscila Schettini Castillo concurre una principalización definitiva realizada por el propio CAL.