La presencia del presidente de la República, Daniel Noboa, en el debate presidencial es incierta aunque todo apunta a que asistirá, por el carácter de obligatorio que este tiene.
Las dudas sobre su asistencia han tomado fuerza debido a que confirmó un viaje a Estados Unidos para la posesión de Donald Trump. El magnate estadounidense asumirá las riendas de la nación norteamericana el lunes 20 de enero.
El debate presidencial es el domingo 19 de enero, apenas un día antes del viaje programado de Daniel Noboa a la investidura de Trump. Esto ha ocasionado una serie de especulación sobre su asistencia desde las tendencias contrarias al mandatario.
Diana Jácome, candidata a la Asamblea por ADN (oficialismo), respondió a esta duda en Radio Sonorama. “El Presidente tomará la decisión que corresponda, vamos a ser siempre respetuoso con lo que él decida”, dijo.
Daniel Noboa no se pronuncia
El abogado Constitucionalista Ismael Quintana, recalcó que asistir al debate es obligatorio según la Ley Electoral. “La obligación es ir a debate (…) no ir al debate implica, según nuestra Ley ahí sí, cometer infracción electoral”, agregó.
“Ojalá al Presidente (Daniel Noboa) no se le ocurra escuchar algún mal consejo que le diga que por ‘fuerza mayor’ podría ausentarse del debate”, advirtió. Ausentarse lo expone a una sanción, alertó el jurista.
Este lunes 13 de enero, tras el sorteo de los grupos e intervenciones del debate, se le consultó al respecto a Diana Atamaint, presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE).
Atamaint aseguró que este procedimiento es obligatorio para todos los candidatos. Señaló que, en caso de ausencia se tipifica como infracción electoral y existen sanciones económicas y la pérdida de los derechos políticos.
“Está claramente tipificado en el Código de la Democracia”, afirmó Atamaint. Sobre una posible licencia de Daniel Noboa que represente su ausencia recalcó que “todos los candidatos se deben presentar al debate presidencial.
¿Qué sanciones podrían darse por ausentarse?
De acuerdo con la Ley Electoral del Ecuador (Código de la Democracia), existen varias sanciones para quienes no asistan al debate obligatorio.
Según señala el artículo 279 de esta norma, los candidatos que no asistan a los debates obligatorios convocados y organizados por el CNE incurrirán en una infracción electoral muy grave.
Aquello tiene sus consecuencias como una multa que va desde los 21 salarios básicos unificados (SBU) y hasta los 70. Es decir, desde los $9.870 hasta los $32.900, según los rangos que tipifica.
Pero también deja otras consecuencias como la suspensión de los derechos de participación de entre dos a cuatro años. El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) es el ente encargado de ejecutar esta sentencia.
Hasta este martes 14 de enero, no se descartaba el rumor de la no asistencia de Daniel Noboa al debate presidencial.