El Tribunal de Garantías Penales de Azuay emitió una sentencia condenatoria ejemplar contra Cristian Eduardo M., hallándolo culpable de violar sistemáticamente a su hijastra. La Fiscalía General del Estado demostró que el agresor sometió a la víctima desde que ella tenía apenas 7 años, en 2011. Los hechos ocurrieron en el domicilio familiar ubicado en la parroquia Abdón Calderón, cantón Santa Isabel, y se extendieron hasta que la menor cumplió 14 años.
Según la investigación fiscal , el modus operandi del sentenciado consistía en aprovechar los momentos en que la madre de la víctima salía a trabajar para cometer las agresiones sexuales. La situación escaló hasta que, en septiembre de 2019, la adolescente quedó embarazada como consecuencia directa de las violaciones.
El caso salió a la luz gracias a la alerta de la institución educativa de la joven, que remitió un informe de situación de violencia a la Junta Cantonal de Protección de Derechos. Esta entidad emitió una boleta de auxilio y canalizó la denuncia a la Fiscalía . Sin embargo, al verse descubierto, Cristian Eduardo M. huyó en enero de 2020 hacia Estados Unidos utilizando pasos fronterizos no autorizados.
Durante su ausencia, la Fiscalía continuó con las diligencias , incluyendo una pericia médico-legal que confirmó un embarazo de doce semanas. En junio de 2020, la víctima dio a luz a una niña, producto del abuso de su padrastro.
El proceso penal se mantuvo suspendido debido a la condición de prófugo del acusado . No obstante, este año fue detenido en el extranjero y deportado a Ecuador para enfrentar la orden de prisión preventiva vigente.
En la audiencia de juicio, aunque la víctima y su madre no estuvieron presentes , la Fiscalía logró probar la materialidad del delito y la responsabilidad del acusado. Se presentaron testimonios clave de la abuela de la afectada, el médico legista, la psicóloga y el agente de Policía investigador, quienes recopilaron el relato de los hechos. Además, se incluyó prueba documental de la unidad educativa y la Junta Cantonal.
Cristian Eduardo M. fue sentenciado con base en el artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Aunque la pena base es de 19 a 22 años , los jueces aplicaron el máximo rigor de la ley incrementando la condena en un tercio debido a las circunstancias agravantes . Como medida de reparación integral , se ordenó el pago de 5.000 dólares a la víctima.