Este martes 27 de enero de 2026, desde las 08h30, en Santo Domingo, un juzgador constitucional verificará el cumplimiento de una sentencia derivada de una acción de protección por el derecho a la libre movilidad.
Audiencia por libre movilidad
La audiencia pública oral y presencial se desarrollará en la sala 102 del Palacio de Justicia de Santo Domingo. El juez analizará si lo dispuesto en el fallo se cumplió de manera integral y literal.
A la diligencia acudirán las partes procesales y las autoridades convocadas. El objetivo es evaluar la ejecución de las medidas de reparación ordenadas dentro del proceso constitucional respecto a la libre movilidad.
La acción de protección fue presentada por Diana Coloma, en calidad de ciudadana, quien alegó vulneración al derecho a la libre movilidad en la avenida 3 de Julio.
Origen del proceso constitucional
El caso se originó por las condiciones registradas en la avenida 3 de Julio, donde se señaló una afectación a la circulación vehicular y peatonal en el espacio público.
A partir de este reclamo, el juzgado constitucional emitió una sentencia que incluyó medidas específicas orientadas a restituir el derecho vulnerado a la libre movilidad.
La audiencia programada permitirá contrastar lo ordenado judicialmente con las acciones ejecutadas por las entidades responsables.
Medidas ordenadas en la sentencia
Entre las disposiciones consta la reubicación de los comerciantes de la Federación 3 de Julio, como mecanismo para garantizar la libre movilidad en la vía pública.
Esta reubicación debía ejecutarse en un espacio adecuado para el desarrollo de actividades comerciales, conforme a lo dispuesto en el fallo constitucional.
El juez revisará si estas medidas se aplicaron conforme a los parámetros establecidos en la resolución judicial.
Reubicación y obra en marcha
La reubicación se vincula con la construcción del Mall Santo Domingo, levantado en los terrenos ubicados en las avenidas Héctor Aguavil y Rodrigo León Pesántez.
En el sitio ya se observa maquinaria pesada y se cumplió el cerramiento perimetral, lo que marca el inicio de los trabajos de obra civil.
Estos avances forman parte del contexto que será evaluado durante la audiencia de verificación del cumplimiento de la sentencia.
Rol de las autoridades convocadas
Durante la diligencia, las autoridades deberán informar sobre las acciones ejecutadas para cumplir el fallo y las medidas de reparación.
El juzgador podrá requerir documentación, informes técnicos o explicaciones que respalden el nivel de cumplimiento alcanzado.
La comparecencia de las entidades es clave para determinar responsabilidades institucionales dentro del proceso.
Alcance de la audiencia de verificación
La audiencia de verificación no revisa el fondo del caso, sino que se limita a constatar el cumplimiento de la sentencia constitucional.
Con base en la evaluación, el juez podrá declarar cumplimiento total, parcial o incumplimiento de las disposiciones ordenadas.
De ser necesario, el juzgador está facultado para emitir disposiciones adicionales que garanticen la ejecución efectiva del fallo.