El receso judicial anual para las y los servidores judiciales de la Sierra y Amazonía regirá del 1 al 15 de agosto de 2025. Esta medida suspende los plazos procesales en varias materias, garantizando derechos de usuarios. La Función Judicial en Ecuador aplica esta disposición según el artículo 96 del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ) y su ley reformatoria.
Inicio del receso y fundamento legal
El receso judicial de agosto impacta directamente a los procesos judiciales en trámite en las regiones de la Sierra y Amazonía. La suspensión de plazos y términos es una medida clave. Su objetivo principal es resguardar los derechos y garantías de los usuarios del sistema de justicia. Esta práctica anual está respaldada por la normativa vigente. La Ley Orgánica Reformatoria al COFJ complementa esta disposición.
Materias afectadas por la suspensión
Durante este periodo, ciertas áreas del derecho se acogerán plenamente al receso. Las materias de Laboral, Civil, Contencioso Administrativo y Contencioso Tributario suspenderán sus actividades. También, los casos de Inquilinato entrarán en este periodo de suspensión. Es fundamental que los ciudadanos conozcan estas particularidades. Esto asegura una correcta planificación de sus asuntos legales.
Servicios judiciales que continúan operativos
A pesar del receso general, varias materias mantendrán su atención sin interrupciones. Los casos de Penal, Adolescentes infractores y Garantías Penitenciarias seguirán con normalidad. Los trámites de Tránsito también continuarán.
Además, las causas de Violencia contra la mujer y miembros del núcleo familiar, y de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia permanecerán activas. Finalmente, la materia Constitucional no se acoge al receso.
Atención en unidades judiciales multicompetentes y plataformas
Las Unidades Judiciales Multicompetentes aseguran la atención presencial. A través de ventanillas físicas, estas unidades servirán exclusivamente a las materias que no se acogen al receso. Esto garantiza la continuidad del servicio judicial esencial. Además, la Oficina de Gestión Judicial Electrónica (E-SATJE) permanecerá operativa.
Su función es para las materias que no se acogen al receso judicial, facilitando trámites en línea. Finalmente, las oficinas del Centro Nacional de Mediación de la Función Judicial también seguirán atendiendo. Estas operarán con normalidad en todo el país, ofreciendo alternativas de resolución de conflictos.