El Consejo de Protección de Derechos del Distrito Metropolitano presentó, en Quito, la Ruta de Protección de Derechos de Personas Habitantes de Calle, una guía pública que define qué hacer, quién actúa y cómo intervenir, desde 2024, para garantizar atención, dignidad y acceso a servicios ante emergencias, violencia o exclusión.
Protocolos claros para ciudadanía e instituciones
La Ruta de Protección de Derechos de Personas Habitantes de Calle responde a una pregunta frecuente. ¿Cómo ayudar de forma correcta cuando una persona vive en la calle y necesita atención médica urgente, sufre violencia o enfrenta frío extremo? Por ello, la guía ordena protocolos claros para ciudadanía e instituciones.
Además, el documento está disponible en www.proteccionderechosquito.gob.ec y reúne cuatro guías paso a paso. Estas indican cómo actuar cuando alguien requiere ayuda inmediata, carece de documentos, está en peligro o recibe una negación de servicios por su condición de vivienda.
Asimismo, la construcción tomó cuatro meses y contó con más de 25 instituciones públicas, organizaciones sociales y la participación directa de personas que viven en situación de calle. Así, el proceso priorizó experiencias reales y coordinación interinstitucional efectiva.
Participación directa y enfoque de derechos
"No hablamos sobre ellos, hablamos con ellos. Esta Ruta la construimos escuchando y entendiendo de cerca la realidad de las personas de calle y las entidades que trabajan con y para ellas", señaló Valeria Urgilés Valle, secretaria ejecutiva del Consejo.
Por tanto, el instrumento cambia el enfoque tradicional. En lugar de caridad o estigmatización, reconoce a personas habitantes de calle como ciudadanos con derechos. También promueve acciones que respetan decisiones individuales y contextos personales.
Sin embargo, el diagnóstico evidencia riesgos persistentes. Las personas en esta situación enfrentan violencia física y sexual, enfermedades, discriminación y negación de servicios básicos. Muchas llegaron allí por violencia familiar, pérdida de empleo, enfermedades mentales o consumo problemático de sustancias.
Voluntariedad, acceso y obligaciones públicas
Además, la Ruta establece el principio de voluntariedad con dignidad. No busca retirar a nadie por la fuerza. En cambio, garantiza salud, alimentación, protección ante violencia y opciones para mejorar su situación cuando así lo decidan, donde se encuentren.
Mientras tanto, para las instituciones públicas fija responsabilidades claras. Hospitales deben brindar atención médica. Escuelas deben recibir a niños, aunque sus padres vivan en la calle. Ninguna entidad puede discriminar por situación de vivienda.
Asimismo, cuando existe negativa de servicios, la guía señala rutas de denuncia ante la Defensoría del Pueblo o la Defensoría Pública. Así, la Ruta de Protección de Derechos de Personas Habitantes de Calle fortalece el acceso a mecanismos de defensa.
Marco legal y alcance nacional
Finalmente, esta acción cumple el Código Municipal y la Constitución, que reconocen derechos sin distinción social o económica. Por ello, Quito se convierte en la primera ciudad del Ecuador con protocolos operativos concretos para esta población.
Entonces, la Ruta de Protección de Derechos de Personas Habitantes de Calle consolida coordinación, información pública y enfoque de derechos. Además, ordena respuestas verificables ante emergencias, exclusiones y riesgos cotidianos, con responsabilidades institucionales definidas.