Con diez votos a favor, la Comisión de Biodiversidad de la Asamblea Nacional aprobó el informe para el primer debate. Este informe corresponde al Proyecto de Ley Orgánica de Preservación y Prevención de Olas Rompientes en el Litoral Ecuatoriano. La aprobación ocurrió recientemente en la sede legislativa.
Se busca llenar un vacío legal. Actualmente, no existe una normativa específica sobre esta temática. La ley es crucial para salvaguardar un recurso natural. Su valor es estratégico para el país.
Avance legislativo
El informe para primer debate recibió luz verde. Fue aprobado por la Comisión de Biodiversidad. Este paso es fundamental para la tramitación legislativa. La propuesta busca establecer un marco legal. Actualmente, la ausencia de una normativa específica es notable. El proyecto de ley posee viabilidad constitucional.
También es viable legal y técnicamente. Esto asegura una base sólida para su implementación. La presidenta de la mesa legislativa, Camila León, anunció ajustes. Se acogerán observaciones de forma. También se analizarán las de fondo. Estas fueron presentadas durante el debate. Los asambleístas Franklin Samaniego, Manuel Casanova y Christian Hernández contribuyeron. El debate enriqueció el documento inicial.
Impacto estratégico y ambiental
Según el informe, el proyecto de ley tiene un alto valor estratégico. Es vital para la conservación marina del país. Impulsa el turismo sostenible en las costas. Protege los ecosistemas marinos costeros. Fomenta una cultura ambiental responsable en la sociedad. Esta normativa permitirá al Estado anticiparse.
Se podrá actuar frente a amenazas ambientales emergentes. También busca preservar ecosistemas sensibles. Asegura condiciones óptimas. Se garantiza el disfrute de los bienes comunes naturales. Las olas rompientes son un recurso valioso. Su protección es esencial para el futuro. La ley busca un equilibrio. Promueve el desarrollo sin comprometer el ambiente.
Herramientas y autoridad competente
La propuesta legislativa contempla la existencia de una autoridad competente. Esta figura operará dentro de la gobernanza marítima. Se le asignarán competencias claras. Incluyen rectoría y regulación. También control, planificación y coordinación. La normativa establece herramientas específicas. Un ejemplo clave es el Registro Nacional de Olas Rompientes.
Este registro permitirá identificar y proteger áreas. Además, se prevé la emisión de normativas técnicas. Habrá regulaciones secundarias detalladas. También disposiciones sancionatorias. Esto garantizará el cumplimiento efectivo de la ley. La aplicación será rigurosa. Se busca proteger las olas rompientes de manera integral.
Proceso de socialización y observaciones
Durante la fase de socialización del proyecto, la mesa legislativa recibió importantes observaciones. La Asociación de Municipalidades del Ecuador aportó su visión. Varios ministerios clave también participaron activamente. Estos incluyen el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica. El Ministerio de Deporte también contribuyó. El Ministerio de Turismo y el de Relaciones Exteriores ofrecieron sus perspectivas.
En comisión general, diversos representantes intervinieron. La Cámara Nacional de Acuacultura expuso sus puntos. La Fundación Mingas por el Mar también participó. La organización Corriente a Favor ofreció sus aportes.