Pago de utilidades: Un beneficio laboral que vence el 15 de abril

Las empresas privadas que reportaron utilidades durante el 2024 deberán repartir el 15% entre sus empleados.
Pago de utilidades Ecuador

Yuliana Marín

Redacción ED.

Yuliana Marín

Redacción ED.

Periodista ecuatoriana. Nací el 27 de julio de 1987 en Quevedo, provincia de Los Ríos. Empecé a e... Ver más

El pago de utilidades es uno de los beneficios adicionales que reciben los trabajadores bajo relación de dependencia en Ecuador. Junto con el décimo cuarto sueldo, que se entregó en marzo para la región Costa. Este dinero representa un ingreso extra que las empresas deben cumplir según lo estipulado en el Código de Trabajo.

Las compañías obligadas a llevar contabilidad tienen el deber de compartir sus ganancias con sus empleados. Este beneficio debe ser cancelado hasta el 15 de abril de 2025 y se paga en función del tiempo laborado, sin importar el cargo o función desempeñada. Es decir, incluso los trabajadores con pocos meses en una empresa tienen derecho a recibirlo.

Distribución de las utilidades

El artículo 97 del Código de Trabajo establece cómo se reparte la participación de los trabajadores en las utilidades:

  • El 10 % se distribuirá equitativamente entre todos los trabajadores sin considerar sus salarios.
  • El 5 % restante se entregará a los empleados en función de sus cargas familiares. Esto, considerando cónyuge o conviviente en unión de hecho, hijos menores de 18 años y hijos de cualquier edad con discapacidad.

Sanciones por incumplimiento

El Código de Trabajo también prevé sanciones para las empresas que no cumplan con el pago de utilidades. Incluso, que presenten declaraciones falsas ante el Ministerio de Trabajo. Aquellas compañías que incumplan esta obligación pueden enfrentar graves multas. Estas van desde tres hasta 20 salarios básicos, lo que equivale a un rango de $1.410 a $9.400.

En caso de que se detecte una declaración falsa de pagos, la multa puede oscilar entre 10 y 20 salarios básicos. Es decir, entre $4.700 y $9.400.

Por otro lado, el artículo 98 del Código de Trabajo especifíca que no recibirán utilidades aquellos trabajadores que perciban sobresueldos o gratificaciones cuyo monto sea igual o superior al porcentaje correspondiente de reparto.

Este beneficio es un derecho para los trabajadores y un deber ineludible para las empresas. El cumplimiento puntual de este pago contribuye a mejorar la estabilidad económica de los empleados y sus familias.

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