El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae) informó que solo los pasajeros o tripulantes que transporten bienes sujetos a declaración deberán llenar el Formulario de Registro Aduanero (FRA) , descartando así que esta obligación aplique a todos los viajeros. La medida entra en vigor el 29 de julio .
Para ellos es la medida de Aduanas en Ecuador
El Senae indicó que la disposición se ajusta al artículo 84 de la Ley de Prevención, Detección y Erradicación del Lavado de Activos , tras realizar un análisis jurídico. Con ello, se responde a los reclamos de usuarios que alertaron sobre la intención inicial de exigir el formulario a todos los pasajeros, incluso sin llevar valores declarables.
Los bienes sujetos a declaración incluyen dinero en efectivo, metales preciosos, piedras preciosas, joyas y documentos de valor , cuyo monto sea igual o superior a 10.000 dólares o su equivalente en otras monedas.
Quienes no transporten bienes por ese monto, no deberán llenar el FRA , enfatizó la autoridad aduanera.
Desde el 29 de julio se implementa el nuevo sistema
La declaración deberá realizarse en línea desde el próximo 29 de julio , a través del portal oficial del Senae. Solo en casos excepcionales, como problemas tecnológicos o de conectividad, se aceptará el formulario en formato físico .
La norma rige para ciudadanos ecuatorianos y extranjeros , sin distinción de nacionalidad, siempre que porten los bienes detallados al ingresar o salir del país.
En un inicio, la interpretación difundida por Senae generó rechazo en redes sociales y entre expertos en temas legales y de viajes, quienes señalaron que la obligación de llenar el FRA a todos los pasajeros no constaba en la ley vigente.
Reacciones ciudadanas tras el cambio de Aduanas
Entre las voces que celebraron la rectificación está la de Nicolás Larenas , experto en temas aeronáuticos: “Señores, lo logramos. SENAE desiste de la obligación de que todos los viajeros y tripulación de vuelo llenen el FRA y siguen lo que dice la ley: solo quienes lleven $10 mil o más en efectivo deberán hacerlo, como ya era y siempre ha sido” , expresó.
Otro en pronunciarse fue Alfonso Harb , exasambleísta y crítico del intento anterior de aplicar el formulario a todos. “Qué bueno que SENAE haya revisado y corregido” , expresó. Él había cuestionado públicamente que Aduanas “no tenía la capacidad de interpretar lo que dice la ley” , al extender un trámite a quienes no estaban obligados legalmente.
Contexto legal y operativo de la medida
La aplicación del FRA responde a políticas internacionales y a compromisos asumidos en la lucha contra el lavado de activos y el financiamiento de delitos . La regulación ecuatoriana establece límites claros y no permite interpretaciones amplias por parte de organismos públicos.
La implementación digital apunta a modernizar los controles y facilitar los procesos para quienes sí deben declarar bienes. Esto mientras se reduce la carga operativa para viajeros comunes y las autoridades aeroportuarias.
El sector turístico cree que hay que controlar el lavado de activos y cobrar impuestos, pero no llenar de trámites innecesarios a los viajeros. Según el sector eso perjudica la experiencia del visitante.