El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) resolvió dejar sin efecto la remoción de la alcaldesa de Jipijapa, Ángela Plúa Santillán, al determinar que el proceso no cumplió con las formalidades legales establecidas en el artículo 336 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD).
La decisión responde a una consulta presentada el 26 de marzo de 2026, tras la resolución del Concejo Municipal que dispuso su destitución.
El fallo corresponde a la causa No. 047-2026-TCE, en la cual el organismo electoral analizó el procedimiento administrativo que derivó en la salida de la autoridad municipal. Según el pronunciamiento, se evidenciaron irregularidades que afectaron la validez del proceso desde sus etapas iniciales.
Irregularidades en el procedimiento de remoción
En su resolución, el TCE concluyó que el proceso instaurado en contra de la alcaldesa no cumplió con los requisitos formales exigidos por la normativa vigente. En particular, determinó que no se respetaron los plazos establecidos en el artículo 336 del COOTAD, lo que constituye un vicio que invalida el procedimiento.
De acuerdo con el análisis del organismo, uno de los puntos clave fue el retraso en la notificación a la Comisión de Mesa.
La alcaldesa argumentó que el secretario general del Concejo Municipal retuvo el expediente por cinco días adicionales al plazo legal, superando el límite de dos días previsto en la normativa. Este hecho, según el fallo, comprometió la legalidad del proceso desde su inicio.
Como resultado, el TCE dispuso "declarar que el proceso de remoción [...] no cumplió con las formalidades y el procedimiento establecido" y, en consecuencia, "dejar sin efecto la resolución No. 001-CM-GADMCJ-2026, de 24 de marzo de 2026", mediante la cual el Concejo Municipal había aprobado la destitución.
Antecedentes del caso y decisión del Concejo
El proceso de remoción se originó el 11 de febrero de 2026, cuando la ciudadana Ana Azucena Mendoza presentó una denuncia en contra de la alcaldesa, lo que dio paso a un procedimiento administrativo dentro del Concejo Municipal.
Posteriormente, el 24 de marzo de 2026, en una sesión extraordinaria convocada por el vicealcalde, el Concejo resolvió remover a la autoridad con cinco votos a favor. La decisión se adoptó tras el análisis de un informe elaborado por la Comisión de Mesa, instancia encargada de sustanciar el proceso.
Durante esa jornada, también se designó un secretario ad hoc debido a la ausencia del titular. Según lo informado por la secretaria de la comisión, Suleny Tagle, el procedimiento se habría desarrollado conforme a lo establecido. Sin embargo, estos elementos fueron posteriormente cuestionados en la instancia electoral.
Reacciones tras el fallo del TCE
Tras conocer la resolución, la alcaldesa Ángela Plúa se pronunció públicamente y señaló: "Hoy la verdad ha hablado, hoy la justicia ha puesto las cosas en su lugar". Además, afirmó que el proceso respondió a una "persecución política" y destacó el respaldo ciudadano durante el conflicto.
En su declaración, también indicó: "Cuando intentaron sacarme, no estaban removiendo a una persona, estaban intentando borrar su decisión, su voto y su voz". La autoridad aseguró que retomará sus funciones con el compromiso de continuar su gestión en el cantón.
Finalmente, el TCE dispuso que el Concejo Municipal, a través de la alcaldesa, adopte las acciones necesarias para investigar los hechos señalados y determinar responsabilidades conforme a la ley.