El juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), Ángel Torres Maldonado, inadmitió este martes 5 de mayo del 2026 el recurso subjetivo presentado por el movimiento político Construye (lista 25) para evitar la cancelación de su personería jurídica.
La decisión acerca la desaparición del registro electoral del movimiento, que aspira a participar en las elecciones seccionales del 29 de noviembre. El magistrado rechazó el recurso interpuesto por Iván González Vásconez, representante legal de Construye, por considerarlo extemporáneo.
Recurso presentado fuera de plazo
En el auto de inadmisión, el juez Torres argumentó que el recurso fue presentado el "cuarto día después de haber sido legal y debidamente notificado" con la resolución del Consejo Nacional Electoral (CNE) que ordena la cancelación de Construye por no alcanzar el número mínimo de adherentes requerido.
González fue notificado el 27 de abril de 2026 y presentó el recurso el 1 de mayo. Según el artículo 269 del Código de la Democracia, el recurso subjetivo contencioso electoral debe interponerse dentro de los tres días posteriores al día siguiente de la notificación.
Los representantes de Construye aún pueden apelar el auto de inadmisión ante el Pleno del Tribunal Contencioso Electoral, cuya resolución será de última y definitiva instancia.
Nuestra posición frente a la cancelación ilegal del Movimiento y, más importante: el futuro del país. pic.twitter.com/8ad7O7KAzi
— Construye_Ecu (@Construye_Ecu) April 28, 2026
Contexto electoral
El CNE cerró el pasado 3 de mayo el plazo de inscripción de organizaciones políticas para las elecciones seccionales de noviembre. En su registro nacional figuran actualmente 237 partidos y movimientos calificados.
Aunque Construye aparece todavía en la lista, el CNE ya determinó su cancelación. El movimiento permanece en el registro en tanto no se ejecute la resolución de forma definitiva, una vez resueltos todos los recursos pendientes.
El partido Unidad Popular también figura como "cancelado", pero mantiene recursos administrativos en trámite. La decisión del TCE forma parte del proceso de depuración del registro electoral previo a los comicios del 29 de noviembre, en los que se elegirán alcaldes, prefectos y juntas parroquiales en todo el país.