El debate sobre una posible reforma a la legislación penal para menores de edad ha vuelto a ocupar espacio en la discusión pública ecuatoriana, especialmente ante el incremento de casos en los que adolescentes aparecen vinculados a delitos graves y estructuras del crimen organizado.

En este contexto, el abogado Ramiro Aguilar analizó en Manavisión Plus la propuesta de reducir la mayoría de edad penal a los 16 años para determinados delitos, así como sus implicaciones jurídicas, sociales y penitenciarias.

Durante el diálogo también abordó el reclutamiento de menores por parte de bandas criminales, la responsabilidad del Estado y las familias, los efectos de la impunidad en el sistema judicial y las políticas públicas que, a su criterio, son necesarias para enfrentar esta problemática.

Abogado, en los últimos años el crimen organizado se está aprovechando de menores de edad para cometer diferentes delitos y ha empezado el debate sobre implementar la sanción penal a menores de 16 y 17 años. ¿Qué percepción tiene usted al respecto?

Mire, en la actualidad, los menores de 18 años son inimputables. ¿Qué significa inimputables? Que no son juzgados como adultos. De tal forma que si un menor de 18 años comete un delito grave, sicariato, delitos contra la libertad sexual, delitos contra la libertad individual, secuestro, etcétera, tiene un tratamiento diferente en términos de pena, mucho más laxo —flojo—. No cumple su obligación de tener un sitio de reclusión de adultos y el tiempo que cumple es completamente distinto.

Las bandas criminales están aprovechándose de esto y de la pobreza. Están aprovechándose de esto para reclutar secuestradores entre menores. ¿Por qué? Porque les dicen: "Te voy a pagar tal cantidad de dinero, eres menor, no vas a permanecer demasiado tiempo en la cárcel, vas a salir". Y esa es la propuesta. A veces la propuesta es incluso más grave. "Si no lo aceptas, te agredimos a ti", que tú eres la víctima.

Entonces, yo creo que en este momento el Ecuador sí necesita subir la mayoría de edad penal a los 16 años. Se tiene que dar una respuesta práctica, pragmática, dolorosamente pragmática, que es subir la mayoría de edad penal a los 16 años.

Si una persona de 16 años de edad comete un delito debe ser tratada como adulto, en el rigor de la pena, en el rigor de la reclusión y en la duración de la pena. Porque, de lo contrario, las bandas van a seguir operando bajo la propuesta de usar menores por esta liviandad en el tratamiento del infractor.

Ahora, esto va de la mano con entender que la fábrica de menores de edad que alimentan a las bandas delictivas es la sociedad. Entonces, si no se atiende pobreza, marginalidad y abandono escolar, no vamos a controlar el normal desenvolvimiento de una juventud que necesita esperanza y que por la desesperanza termina integrando bandas delictivas.

¿Qué evidencias existen de otras sociedades sobre el endurecimiento de penas o la inclusión de menores de 16 o 17 años en este tipo de sanciones?

Hay ejemplos. De hecho, hay un hecho emblemático. En la ciudad de Nueva York, un venezolano de 16 años mató a un policía y el Estado decidió tratarlo como adulto. El tema es que la sociedad, en términos de incorporar menores al mundo globalizado, al mundo de la interacción, ya no es la misma que conocimos nosotros. Ya no es la misma de principios del siglo XX.

Es decir, esa ingenuidad medio romántica de que el menor de 18 años no llega todavía a una madurez mental para no saber y no querer lo que hace. Porque para tener responsabilidad penal hay que tener dos elementos: conciencia y voluntad. Saber lo que hago y querer hacerlo.

La sociedad debe proteger menores, la sociedad debe cuidar a sus niños, la sociedad debe darles oportunidades. Pero si eso no pasa y las bandas delictivas están usando a los menores, le digo: hay que dar una respuesta pragmática. Y la única respuesta pragmática en términos de política criminal es subir la edad penal a los 16 años.

¿Qué pasa con aquellos menores de 15 o 14 años? Hemos visto cometer delitos a menores de 12 y 13 años.

Desde el punto de vista civil, los padres son responsables de indemnizar los daños causados por los hijos menores. Desde la época en que se expidió el Código Civil escrito por Andrés Bello, desde 1830. Entonces, el principio civil subsiste. Si el menor causa un daño, los padres tienen que reparar el daño.

La pregunta es: ¿qué pasa si el menor causa un daño que es irreparable económicamente y que además entra dentro de la jurisdicción del Código Penal? Y yo creo que tenemos que ser claros. No podemos ir bajando la edad penal hasta los siete años. Tenemos que poner un referente y yo creo que el referente son los 16 años por esta razón.

En Ecuador ya se puede votar a los 16 años. Es opcional. Se puede votar. Si una persona tiene la suficiente conciencia y voluntad para votar, para ser partícipe de una decisión importante en sociedad como es votar, debe también ser responsable de sus actos a plenitud.

Por eso hemos marcado, en opinión mía y en la opinión de otras personas, esta mayoría de edad penal en los 16 años. Ahora, hacia atrás ya no hay discusión. Un niño tiene que ser protegido por la sociedad y, si un niño comete un daño, la responsabilidad es de la sociedad.

La responsabilidad civil de reparación es de su familia, pero la responsabilidad por tener un niño desprotegido, en condiciones violentas, agredido y propenso a ser cooptado por el crimen, es responsabilidad social.

Usted hablaba sobre aquellos menores que van por voluntad a cometer un delito, pero hay aquellos también que van coaccionados, obligados. ¿Cómo diferenciar jurídicamente al voluntario del coaccionado por una organización criminal?

A ver, hay adultos que pueden actuar cuando son coaccionados, porque es un tema de perturbación de la voluntad. Cuando alguien actúa obligado, extorsionado, amedrentado, a tal punto que no tiene otra opción, no hay voluntad. La voluntad se encuentra viciada. Ese es el concepto del delito.

Y cuando no hay voluntad, usted está coaccionado, entonces no es responsable del delito, sea menor o sea adulto. La voluntad tiene que expresarse y, además, si usted dice que obró sin voluntad, tiene que probarlo. Porque la ley presume, tanto en adultos como en menores, que actúan voluntariamente.

¿Qué delitos deberían justificar que un menor de 16 o 17 años sea procesado como un adulto y cuáles deberían seguir bajo la justicia especializada?

Yo creo que los delitos graves. Delitos contra la vida, delitos sexuales, delitos contra la libertad individual, es decir, aquellos que participan en actos de secuestro, de plagio. Los otros no. Yo creo que los delitos contra la propiedad, incluso su eventual participación en bandas de vendedores de droga, no ameritan un tratamiento y un encarcelamiento como adultos.

¿Qué efecto pudiera tener esta reforma dentro de las cárceles? Porque una cosa es dictar penas más severas y otra es meter a jóvenes de 16 o 17 años en un sistema penitenciario que ya está tomado por las bandas.

Como está tomado por las bandas también el sistema de los lugares donde se internan a menores infractores.

El lugar donde se interna a un menor infractor que ha cometido un acto de sicariato, pero que no recibe tratamiento de adulto, créanme que es una cárcel igualita, con la diferencia de que sus compañeros de celda son menores y van a permanecer menos tiempo en el lugar.

Y también está controlado por las bandas. Por eso es que precisamente les dicen: "Oye, anda a matar, te pagamos esto, vas a ir al centro de menores, que se llama Virgilio Guerrero, y ahí te cuidamos". Entonces, el Estado debe recuperar el control de las cárceles. Para adultos y para menores. Recuperar el control de las cárceles.

Pero para recuperar el control de las cárceles, primero debe querer hacerlo. Segundo, debe depurar la Policía, debe depurar el sistema de agentes penitenciarios y debe depurar las Fuerzas Armadas.

De lo contrario, aunque no ponga a los menores ahí, usted siempre va a tener el problema de que las bandas, los grupos de delincuencia organizada, controlan las cárceles.

Usted conoce mucho del sistema político y judicial. ¿El problema hoy es la edad penal o la impunidad? Se lo preguntamos porque de poco sirve endurecer la ley si la investigación fiscal, la protección de testigos y el control territorial no funcionan.

Exacto. Se acaba de dar en el punto. Es decir, subir la mayoría de edad penal es necesario, hay que hacerlo. Pero de nada serviría subir la mayoría de edad penal a los 16 años si hay impunidad.

Ahora, las razones de la impunidad no siempre son corrupción. Las razones de la impunidad son también que los jueces y los fiscales no tienen protección.

Entonces, una banda, un grupo de delincuencia organizada, va donde un juez de garantías penales y le dice: "Oye, acaban de detener a un sicario nuestro, libéralo con hábeas corpus o con cualquier mecanismo".

Si el juez responde: "No, no le quiero liberar", entonces le dicen: "Ok, te matamos. Si quieres, te damos mil dólares". No es que tampoco la corrupción de bandas gire en cantidades descomunales. Es más el miedo. "Si no lo haces, te matamos".

Y eso es en el mejor escenario, porque el peor escenario es: "Vamos a matar a un hijo tuyo, vamos a matar a un familiar tuyo". Y si el juez dice: "Ok, yo renuncio, me voy mañana", igual lo matan. Porque necesitan dar el ejemplo al que viene. Entonces, la impunidad es, a la par de las deficiencias estructurales del sistema judicial, un problema.

¿Por qué se produce la impunidad? Por corrupción, sí, pero también por miedo. Entonces, nos damos cuenta de que es un círculo vicioso, en donde lo que se palpa es la ausencia absoluta del Estado en su responsabilidad y en su obligación de proteger también a las autoridades judiciales.

Quiero ponerle un argumento contrario. Si el adolescente reclutado por bandas también es una víctima del crimen organizado, ¿no hay ese riesgo de que el Estado termine castigando al eslabón más débil y dejando intactos a los reclutadores?

Es que ambos tienen responsabilidad penal. El adolescente es el sicario que ejecuta a la persona. Le pongo otro ejemplo más claro todavía. No solamente lo que acaba de pasar en el aeropuerto de Guayaquil con la muerte de otro que dicen que era un líder de banda.

Lo que pasó en Colombia con la muerte del candidato presidencial Uribe Vélez. El sicario que ejecuta a Miguel Uribe Turbay es un menor de edad. Entonces, es responsable él por ejecutar el acto. Y también son responsables quienes lo reclutan.

Pero en la medida en la que no tomemos soluciones respecto de ambos lados de la pinza, siempre va a quedar la posibilidad de que las bandas, los grupos de delincuencia organizada, se amparen en el hecho de que los menores tienen un tratamiento penal privilegiado para seguir consumando delitos con menores.

Porque esa es la razón por la que usan menores. No hay otra. Pero ambos son los brazos de la pinza. Una pinza con un solo lado no sirve.

¿Cuáles considera que son las tres medidas más urgentes para impedir que los menores sigan siendo utilizados por el crimen organizado? Toda vez que existe ausencia de la sociedad y del Estado, en todo su conjunto, para evitar que esto suceda.

Presencia policial en los barrios, sobre todo en los barrios periféricos, barrios populares. Presencia policial. ¿Por qué? Para que la gente tenga a quién denunciar.

A ver, si mañana a usted, a mí o a cualquier persona nos roban. Olvidémonos de dónde vivimos. Olvidémonos de los barrios populares. Si nos roban, usted llama al 911 en Quito, en Guayaquil, en Manta, donde sea. No sirve para nada. Ni para pedir una ambulancia, ni para pedir un patrullero.

Hay una ausencia absoluta de la autoridad del Estado en la calle que permite que la gobernanza, es decir, la autoridad de hecho en la calle, la tengan las bandas.

Segundo, tratar de apoyar a las familias en términos económicos para que puedan mantener a sus hijos en las escuelas. Es decir, vincular el bono que reciben los sectores más pobres de la sociedad a la obligación de que sus hijos permanezcan en la escuela.

Tercero, recuperar la disciplina escolar. No puede ser que se haya relajado tanto la disciplina escolar, que los maestros tengan miedo de los alumnos por las denuncias que presentan ante la institución. Hay que recuperar la primera relación que tiene el individuo con la autoridad y con la ley, que es la escuela.

Incluso, más allá de la relación que tiene con el padre o la madre. La primera referencia que tiene una persona respecto de la autoridad, en tercero sobre su vida, es el maestro. Eso hay que volverlo a recuperar.

Y, desde luego, oportunidades para la familia y para los adultos, para que se queden en Ecuador, no migren, no se rompan las familias. Que pueda haber trabajo, que pueda haber esperanza.

Y hay una cuestión mucho más metajurídica. Tratar de que la educación sea un contrapeso para esas enormes expectativas que una sociedad de consumo genera en los chicos, que hace que quieran tener todo rápido, todo a cualquier costo, para poder tener lo que esta sociedad de consumo, el capitalismo muy agresivo, ha generado como expectativas del mundo.